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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Beatriz Vega

¿Todas las compensaciones de gastos a voluntarios deben a hacerse con la presentación de ticket y facturas?

17.11.06

En FEAPS se nos han planteado alguna serie de dudas con respecto a la compensación de gastos de voluntarios.

Las entidades organizan en un par de meses más de 15 turnos de vacaciones en los que movilizan a muchas personas con discapacidad (400 aproximadamente) y a un gran número de voluntarios (100 aproximadamente)

Recopilar todos los ticket, facturas… de los gastos que tienen al participar en esta actividad es muy trabajoso y difícil y algunas entidades dan una pequeña cantidad a todos los voluntarios de forma que cubra sus gastos y estos firman un recibo, pero no adjuntan los justificantes, ¿es legal esta práctica?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

18.11.06

De pende de cómo lo estipuléis, si pagáis únicamente contra factura, es necesario presentarla.

Ahora, que si teneís ya un gasto estimado a modo de dieta o viático, podés plantearos la posibilidad de utilizar recibos por el pago de dietas.

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#2

Aportada por:

Juan Senac

Controller financiero

Trabaja en:

Asesor particular

20.11.06

Hola Beatriz,
Estoy de acuerdo con Alvaro.
Si lo que pagaís son dietas, kilometrajes estipulados… sera suficiente con que cada voluntario firme un recibo donde se liquiden estos gastos.
Si por el contrario pagaís los gastos de hoteles, pensiones, restaurantes… si necesitareís facturas y tickets justificativos.

Un saludo

Juan SENAC

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#3

Suficiente

Aportada por:

Miguel Angel Mirón Díaz

Responsable Area Fiscal y Contable Fundación Gestión y Participación Socialwww.asociaciones.org

Trabaja en:

Asesor particular

22.11.06

Estimada Beatriz:

Entiendo que la legalidad o no de la práctica de no adjuntar justificantes, depende fundamentalmente de las condiciones de justificación del Órgano que concede las subvenciones.
En vuestro caso, sois meramente intermediarios entre Organismos Públicos y las entidades asociadas y por tanto es fundamental conocer que señala la legislación especifica que subvenciona estas vacaciones para personas con discapacidad.

Como ejemplo, el Ministerio de Asuntos Sociales dentro de las subvenciones concedidas con cargo a la asignación tributaria del IRPF, establece muy claramente en su normativa:

1.- La obligación de adjuntar junto a los recibos firmados por el voluntario las facturas acreditativas del gasto realizado si corresponde a gastos por compra de materiales relacionado con el programa subvencionado, facturas éstas que deben cumplir todos los requisitos del RD 87/2005.
2.-En los gastos de alojamiento se adjuntará siempre la factura del establecimiento o Agencia de Viajes y en los gastos de transporte se anexarán los billetes o recibos del medio de transporte utilizado.

Un saludo

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#4

Opinión anónima

26.11.06

Hola,

Yo la mejor opcion que veo en este caso es darles una determinada cantidad, a modo de viaticos y dietas. y entregar una hoja de dietas para que adjunten en la medida de lo posible los recibos.
Creo q solo seria necesario el recibir facturas por hoteles, restaurantes….a efectos de contablizacion y deducion posterior del IVA.

Un saludo,

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#5

Opinión anónima

10.12.06

Estimada Beatriz:

Todo gasto debe estar soportado por la factura o el ticket correspondiente; por consiguiente sería recomendable que a la hoja de liquidación de gastos se adjuntara el soporte documental correspondiente.

Un cordial saludo.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.

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