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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Antonio Selas López

Trámites, permisos y pasos a seguir para contratar a un médico congoleño con residencia en España como cooperante de nuestra ONG

04.02.09

Precisamos contratar por dos años a una medico congoleña a la que hemos venido formando en distintos hospitales de Madrid como directora medico de un pequeño hospital que tenemos abierto en Lamu, Kenia, dejando abierta la posibilidad de que al termino de su trabajo pueda volver a España y continuar trabajando con nosotros o con otra entidad. Los temas de permisos de extranjeros, seguridad social, nos interesan mucho, ¿cómo podemos informarnos?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Suficiente

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

14.02.09

Estimado Antonio: en relación con la consulta planteada, paso a informarte lo siguiente: en primer lugar, debe de tenerse en cuenta que para efectuar un contrato por dos a una medio congoleña para ser directora de un pequeño hospital en Kenia, hay que partir de la situación de residencia de la misma en España, a saber:
En el caso de residencia temporal que se suele conceder por un año (en el caso de la autorización de residencia inicial) o por dos años (la primera y segunda renovación), esta se extingue “por la permanencia fuera de España durante más de seis meses en un período de un año”.
En consecuencia, si la residencia de la facultativa es temporal, no podrás estar fuera del territorio español más de 6 meses por cada año, a contar desde la fecha en la que se te concedió la autorización de residencia que esté en ese momento en vigor.
Para el caso de estar en una situación de residencia permanente, y por lo tanto indefinida, su vigencia se extinguirá “por la permanencia fuera de España durante más de 12 meses consecutivos o más de treinta meses en el cómputo global de los cinco años de residencia”, a contar desde la fecha en la que se te concedió la autorización de residencia permanente (con independencia de que la tarjeta de residente permanente caduque a los 5 años y tenga que ser renovada la misma).
Partiendo de lo dispuesto, por lo que respecta a los trámites, permisos y pasos a seguir para la contratación de dicha facultativa en Kenia, perfectamente podrías consultar con cualquier otra ONGD que desarrolle sus fines en dicha República africana Médico sin fronteras; Medicos del Mundo, etc., o, en su caso, podeís poneros en contacto con la Embajada de España en Kenia cuyos datos son los siguientes:
Embajador: D. Nicolás Martín Cinto.
Dirección:C.B.A. Building, 3er piso
Mara & Ragati Road, Upper Hill
P.O. Box 45503-00100 Nairobi.
Teléfonos: (0025420)2720222 / 3 / 4 / 5
Teléfono para emergencias:
00254733631144 (desde España);
0733 63 11 44 (desde Kenia)
E-mail:
emb.nairobi@maec.es
Un cordial saludo y mucho ánimo en vuestra labor.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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