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Consultas Online

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Consulta formulada por:

¿Un socio puede tener acceso al informe de auditoría de la asociación?

10.11.10

Hola,

A las personas socias de nuestra asociación se les ha enviado, con anterioridad a la asamblea, la cuenta de resultados en un formato adaptado para una mejor comprensión; así como el borrador del informe de gestión de un período determinado incluido posteriormente en el informe de auditoría independiente.

Luego en la asamblea se han explicado dichos documentos y también el balance de situación (los socios no disponen una copia del mismo pero no tenemos inconveniente en enviar) y se ha enseñado el informe de auditoría invitando a las personas socias a que lo lean en la asociación.

Si una persona socia solicita fotocopias del informe completo de auditoría, no sólo del informe de gestión, ¿tiene derecho a obtener las copias para llevárselas fuera de la asociación?, o sólo su derecho se limita a poder ver el informe original en el local de la asociación.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

11.11.10

Las personas socias en principio, y de acuerdo con los principios democráticos y de transparencia que debn regir el funcionamiento de una asociación, SÍ TIENE derecho a acceder a los documentos fun damentales de una asociación, y ello incluye a un informe de auditoría.
¿Cómo es dicho acceso? Pues primero poder consultarlo en persona, pero si desea obtener una copia, yo entiendo que nada debe impedirlo. Como máximo puede cobrársele una cantidad por las fotocopias si son muchas y los gastos de envío si no va a buscarlo.
Únicamente podría retrasarse su entrega si el documento de auditoría no fuese definitivo o alguna triquiñuela similar, pero entiendo que si se ha presentado en Asamblea, es un documento definitivo, así que…

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#2

Opinión anónima

11.11.10

Hoy en día la transparencia es uno de los puntos más importantes de una asociación. Pensad que si un socio no entiende de auditoria , y no ve las cosas muy clara tiene derecho a pedir la opinión de un profesional, por lo tanto puede sacar los documentos. Suerte

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#3

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

13.11.10

Hola Henar: en relación con la consulta establecida, paso a informarte lo siguiente: en primer lugar, el artículo 26 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, sienta que:
1. Toda persona asociada ostenta, como mínimo, los siguientes derechos, que deberán ejercitarse de acuerdo con lo establecido en los estatutos de la asociación:
e. Acceder al libro de socios, libro de actas y libro de cuentas de la asociación, en los términos previstos en la normativa de protección de datos de carácter personal.
De esta suerte, partiendo del respeto de los datos de carácter personal que pudiera tener dicho informe de auditoría, en cuyo caso, a efectos de su obtención, sería necesario el consentimiento del interesado, conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, para el caso de no encontrarnos en este supuesto, el derecho de acceso a dicha documentación, tal como exponen mis compañeros/as de portal, Xosé María y Mari Carmen, cuyos criterios comparto, conlleva la facultad de obtener copia o fotocopia de aquellos extremos que interesan al asociado, siempre que satisfaga los gastos que ello suponga.
Un cordial saludo y buena suerte.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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