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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Olga Barrera Trujillo

¿Una administración puede obligar a una ONG s cumplir con aspectos de justificación de gasto incluidos en una resolución posterior? #DíaVoluntariado

04.12.14

Hola,

Una administración pública procede a resolver una subvención posterior a la ejecución del proyecto, el cual se ha llevado a cabo con un compromiso verbal. ¿En el momento de la justificación puede obligar a la entidad a cumplir con los aspectos a tener en cuenta en materia de justificación del gasto redactados en esta resolución posterior? ¿qué normativa es de aplicación?

Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Manuel Eiré Rodríguez

Auditor Censor Jurado de Cuentas

Trabaja en:

Asesor particular

05.12.14

Hola, me temo que si, ya que el problema está en la frase “compromiso verbal”, esta figura no existe en la administración. Lo único valido es la resolución por lo cual puede variar la justificación respecto a lo que habiais “acordado”.

Un saludo

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#2

Aportada por:

Elena Carrasco García

Trabaja en:

Asesor particular

06.12.14

Totalmente de acuerdo con la respuesta anterior. Es más suena muy raro que se haya otorgado una subvención mediante un compromiso verbal por parte de una administración. Debería cumplir la legislación en materia de subvenciones, debiendo realizar la correspondiente convocatoria pública de subvención. Si lo hicieron verbalmente atendiendo a alguna norma en vigor y posteriormente exigen por una resolución escrita determinadas condiciones habrá que estar a ello. No es muy normal y arriesgado realizar un proyecto y estar pendiente de una resolución posterior de la subvención para cobrar los gastos que haya supuesto el proyecto, sin tener una norma mínima previa y por escrito que la contextualice y marque al menos de forma mínima las pautas a seguir y lo que van a admitir como gasto elegible.

Un saludo,

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#3

Aportada por:

Raul Garcia Gonzalez

Economista, asesor contable y fiscal de fundaciones.

Trabaja en:

Asesor particular

07.12.14

Hola Olga, sólo quería añadir que la ley general de subvenciones es la Ley 38/2003 de 17 de noviembre.
Un saludo.

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