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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Juan Manuel Egea Solorzano

¿Una asociación sin ánimo de lucro puede contratar a un empleado acogiéndose al Real Decreto-ley 1/2011?

27.12.11

¿Una asociación sin ánimo de lucro puede contratar a un empleado acogiéndose a este real decreto? Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas
desempleadas.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rogelio Sánchez Molero

Abogado experto en fundaciones

Trabaja en:

Asesor particular

28.12.11

Estimado Juan Manuel:

En principio, la aplicación del Real Dercreto Ley no excluye a ninguna clase de empresa. De manera que, si vuestra asociación cumple todos los requisitos establecidos en la norma podrá formalizar la contratación conforme a sus disposiciones.

Saludos

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#2

Aportada por:

Tatiana Redondo Álvarez

Down Principado de Asturias

Trabaja en:

Asesor particular

29.12.11

Buenos días Juan Manuel:

Estoy de acuerdo con lo dicho anteriormente, si la entidad cumple los requisitos que se exigen el contrato puede celebrarse.

Un saludo,

Tatiana Redondo

solucionesong.org
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