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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Manuel Menéndez González

¿Una fundación puede crear una empresa? ¿Cómo se aprueba el cargo de administrador de la misma?

16.08.13

Hola,

Nos estamos encontrando que para realizar una actividad comercial que usamos como fuente de captación de recursos sería más apropiado operar en forma de empresa. Mi pregunta es: puede una fundación crear una empresa? He leído que una persona jurídica puede ser el administrador de una empresa. ¿Cómo hay que hacer para aprobar este cargo? y cómo se elige al representante que actúa en nombre de la persona jurídica fundación) que tiene el papel de administrador?

Saludos y gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Ramón Perez-Lucena

Especialista en Fundaciones, www.abogadodefundaciones.com

Trabaja en:

Asesor particular

16.08.13

Una fundación como tal tiene la personalidad jurídica suficiente para constituir una sociedad. Pero pienso que sería bueno conocer que actividad mercantil se quiere hacer pues habitualmente se pueden hacer desde la propia fundación.

El Artículo 24 de la LF, Actividades económicas, dice:

1. Las fundaciones podrán desarrollar actividades económicas cuyo objeto esté relacionado con los fines fundacionales o sean complementarias o accesorias de las mismas, con sometimiento a las normas reguladoras de la defensa de la competencia.

Además, podrán intervenir en cualesquiera actividades económicas a través de su participación en sociedades, con arreglo a lo previsto en los siguientes apartados.

2. Las fundaciones podrán participar en sociedades mercantiles en las que no se responda personalmente de las deudas sociales. Cuando esta participación sea mayoritaria deberán dar cuenta al Protectorado en cuanto dicha circunstancia se produzca.

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#2

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

16.08.13

Hola Manuel
No hay ningun problema en que una Fundacion cree una empresa o bien participe en una sociedad. El art 24 de la Ley de Fundaciones asi lo reconoce. Debera de informarse al Protectorado y la normativa q regulara la empresa sera la de la Ley de SL. Estara representada por el Consejo de Administracion y de los beneficios q genere la sociedad no se podra beneficiar el Patronato
Un saludo
Teresa Ferraz

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#3

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

23.08.13

Comparto totalmente las respuestas de los compañeros, y tal como se indica en una de ellas, creo que lo primero que hay que hacer es analizar con detenimiento si la opción más acertada para realizar esa nueva actividad es constituyendo una empresa (normalmente será una sociedad mercantil) o, por el contrario, sería más adecuado, en cuanto que es posible, utilizar la propia fundación para desarrollar esa actividad.

En el caso de optar por la constitución de una nueva sociedad, será una decisión que deberá tomar el órgano de gobierno, debiendo nombrar de igual manera la persona física que actúe en nombre de la fundación para desempeñar el cargo de administrador que a ésta le pueda corresponder en la citada sociedad.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#4

Respuesta del participante:

Manuel Menéndez González

23.08.13

Muchas gracias por vuestras respuestas, nos han sido de mucha utilidad.
Por el momento creo que esperaremos a crear la empresa, intentaremos continuar realizando todas las actividades desde la fundación.

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