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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Pedro Espada Lobato

Visado por motivos humanitarios

03.08.19

es un requisito para solicitar la renovación de residencia por motivos humanitarios tener empleo?
es negativo que el solicitante se encuentre cobrando desempleo o alguna ayuda?

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

08.09.19

Estimado Pedro: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: las autorizaciones por circunstancias excepcionales como las de razones humanitarias no se renuevan sino que se modifican las mismas dependiendo de si la persona autorizada trabaja o no bajo el siguiente tenor:
-Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales.
-Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia no lucrativa.
-Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena (habilitado para trabajar).
-Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena (no habilitado para trabajar).
-Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta propia.
-Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia con exceptuación a la autorización de trabajo.
-Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo para investigación.
-Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados.
Al respecto, en cuanto a los tipo de autorización, normativa básica, requisitos, documentación exigible y procedimiento de la Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales, las mismas vienen establecidas en la página web http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/Modificarautorizacion.html
Por último, resta significar que el otorgamiento de la prestación contributiva por desempleo o el hecho de ser beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral aparecen como requisitos para la Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena (habilitado para trabajar).
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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