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Código de Identificación Fiscal (CIF) de una ONG: 10 consultas para explicar su funcionamiento

26.03.18

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Toda entidad necesita su CIF (o NIF), pero a muchas les entran dudas a la hora de conseguirlo o incluso a la hora de saber qué representa. Por ello, esta semana queremos resolver las preguntas que os puedan surgir sobre el Número de Identificación Fiscal con este especial donde vamos a recopilar las consultas resueltas más leídas sobre esta temática.

1. ¿Cómo rellenar, paso a paso, el formulario 036 para obtener el CIF definitivo?
En esta consulta, nuestro asesor Rafael Pérez Castillo ya nos deja claro lo siguiente: el Número de Identificación Fiscal en adelante, NIF, es para cualquier asociación o fundación como el D.N.I. para una persona física. En la tarjeta del NIF figura un número precedido de una letra (en el caso de Asociaciones y Fundaciones la “G”) que identifica fiscalmente a la entidad no lucrativa.

Además también nos comenta que para que una entidad no lucrativa asociación o fundación pueda funcionar legalmente, debe solicitar su CIF definitivo y dicho código acompañará a la entidad asociativa o fundación hasta su extinción.

2. ¿Una asociación tiene CIF o NIF? ¿Qué diferencia hay?
Nuestros asesores ya dejan claro en esta consulta que el CIF (Código de identificación fiscal) era para personas jurídicas y el NIF (Número de identificación fiscal), para las físicas. No obstante, el Reglamento General de Gestión e Inspección Tributaria (en vigor desde el 1 de enero de 2008) no contempla esta terminología y sólo habla del “número de identificación fiscal” tanto para las personas físicas, las jurídicas o los entes sin personalidad. Así que no os preocupéis por la terminología, ya que ambos son lo mismo actualmente.

3. ¿Qué tenemos que hacer para pedir el CIF definitivo?
Rafael Pérez, uno de nuestros gurús fiscales dentro del Equipo Asesor, nos cuenta en esta consulta cómo una vez que tenéis los estatutos ya visados por el Registro, debéis solicitar a la delegación de la AEAT donde radique el domicilio social de vuestra entidad el modelo 036, el cual debéis rellenar, aportando la siguiente documentación:
-Original y fotocopia del acta fundacional, en documento público o privado, que incluirá el acuerdo de constitución y los Estatutos.
- Certificado de la inscripción en el correspondiente Registro (para la asignación del NIF definitivo se deberán aportar el acuerdo de constitución y los Estatutos que finalmente hayan sido inscritos en el Registro de Asociaciones).
- Fotocopia del N.I.F. de la persona que firme la declaración censal, que ha de ser un representante de la asociación.
- Original y fotocopia del documento que acredite la capacidad de representación de quien firma la declaración censal.

4. ¿Para solicitar el CIF tenemos que ir a la Hacienda de Burgos o vale cualquier Hacienda?
De esta consulta sacamos un importante recordatorio, ya que nos confirma que una entidad solo puede hacer trámites en la oficina de la AEAT en la que se encuentre su propio domicilio social.

5. Hemos perdido la tarjeta del CIF ¿Cómo podemos solicitar un duplicado?
Una vez más, Rafael Pérez nos cuenta en esta consulta cómo en caso de pérdida o extravío de la tarjeta acreditativa del NIF de vuestra entidad asociativa, se podrá solicitar una nueva tarjeta rellenado la casilla 121 del Modelo 036 y acudiendo para la expedición de una nueva tarjeta acreditativa de NIF a la oficina de la AEAT en la que se encuentre el domicilio social de vuestra entidad asociativa.

6. ¿La delegación puede operar con el mismo CIF de la asociación?
Xosé María Torres Bouza, uno de nuestros asesores, nos confirmaba en esta consulta que las delegaciones forman parte de una única entidad jurídica, que es la asociación. Por lo tanto, están obligadas a operar con el mismo CIF. Valentín Playa ampliaba está información exponiendo que en las delegaciones lo que no es lo mismo es el número de la seguridad social.

7. ¿Una asociación en formación puede emitir facturas con NIF provisional?
Nuestra asesora Inés Malgor González nos cuenta en esta consulta que, en principio, no hay ningún problema en la práctica siempre que se disponga de alta en el Censo de empresarios y profesionales e IAE (modelo 036), y se haya solicitado ya un CIF definitivo.

8. ¿Podemos emplear el NIF de una entidad amiga para realizar determinados trámites con el Ayuntamiento?
Álvaro Ortega Santos, uno de nuestros asesores, explicaba en esta consulta que si una entidad amiga os quiere dar cobertura jurídica, no hay ningún problema. Pero en ese caso no es que os presten el NIF, sino que serán ellos quienes asuman la interlocución y se responsabilicen de los compromisos y obligaciones que conlleve cada gestión que respalden con su personería jurídica.

9. ¿Debemos crear una nueva asociación o podemos conservar el NIF y los estatutos?
Valentín Playa nos cuenta que, en el caso de que queráis disolver vuestra entidad, pero conservar los estatutos y vuestro nº de NIF, podéis hacerlo cambiando el nombre, domicilio y los estatutos de la organización, aprobándolo en asamblea de socios o tal como lo digan los estatutos actuales e inscribiéndolo en el Registro. De esta forma la asociación seguiría siendo la misma persona jurídica con el mismo CIF.

10. Vamos a hacer una compra a una empresa alemana ¿Debemos obtener un CIF europeo o podemos realizar el trámite con nuestros datos fiscales?
Juan González Martín-Palomino nos explica que en ese caso, si no actuáis como empresarios en la compra, la entidad pasa a considerarse consumidor final, no siendo necesario darse de alta en el registro de operadores intracomunitarios.

El asesor Fran Virues Ávila amplia esta información contándonos que lo normal es que os pidan un NIF comunitario para verificar que soy asociación/empresa comunitaria.

Y hasta aquí las consultas más útiles sobre en CIF en SolucionesONG. Recordad que si tenéis alguna duda particular sobre este tema o sobre algún otro que repercuta en vuestra entidad, nuestro Equipo Asesor puede responder a vuestras consultas al igual que ya respondió a todas estas.

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