¿Qué puntos deben tratarse en una Asamblea Ordinaria y en una Extraordinaria?
En este post, hablamos de una de las dudas más comunes entre las asociaciones sin ánimo de lucro que colaboran con SolucionesONG.org. Queremos aclararos qué contenidos y temas debéis tratar en vuestras Asambleas ¡Nuestro Equipo Asesor os ayuda a resolver esta cuestión!
Nuestro asesor Rafael Pérez Castillo, a raíz de lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley Orgánica 1/2002, reguladora del Derecho de Asociación, indica que deberán ser los Estatutos de la entidad los que establezcan el contenido de la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria. Añade, además, que la convocatoria y el orden del día se realizan por parte del Secretario de la Junta Directiva, a instancia del Presidente.
Este mismo asesor, nos aclara y ejemplifica el contenido que deben tener las Asambleas Ordinaria y Extraordinaria convocadas por asociaciones sin ánimo de lucro.
En este sentido, afirma Rafael Pérez Castillo que la Asamblea Ordinaria debe tratar los siguientes puntos:
> Aprobar, en su caso, la gestión de la Junta Directiva
> Examinar y aprobar el estado de las cuentas
> Aprobar o rechazar las propuestas de la Junta Directiva en orden a las actividades de la asociación
> Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias
> Nombramiento de los miembros de la Junta Directiva
> La inspección del cumplimiento o la interpretación de los Estatutos y del Reglamento interno de la asociación
Esta asamblea también podrá estudiar todas aquellas cuestiones que no deban tratarse en Asamblea Extraordinaria.
En cuanto al número de Asambleas Ordinarias que pueden ser convocadas, nuestros asesores Rafael Pérez y Xosé María Torres Bouza coinciden en que, normalmente, se celebra una al año dentro del primer semestre.
Los puntos que, por el contrario, deben debatirse en Asamblea Extraordinaria son los siguientes, de acuerdo con lo que explican los dos asesores citados anteriormente:
> Aprobar la modificación de Estatutos
> Aprobar la disolución de la Asociación
> Disposición, compra-venta o enajenación y gravamen de bienes de la Asociación
> Aprobar la expulsión de miembros asociados a propuesta de la Junta Directiva
> Debatir y aprobar la solicitud de Declaración de Utilidad Pública
> Constitución de federaciones e inclusión en ellas
> Remuneración de los miembros de los órganos de representación
Respecto a la convocatoria de la Asamblea Extraordinaria, puede hacerse siempre que sea necesario, tal y como aclara Rafael Pérez Castillo. Para convocarla, es necesario que se realice a requerimiento de la Junta Directiva o bien lo solicite el 10% de los asociados. Además, es necesario concretar, por escrito, el motivo para el que se solicita la celebración de esta Asamblea.
Si tu asociación tiene alguna duda relacionada con la celebración o funcionamiento de estas Asambleas, envíala. ¡Nuestro Equipo Asesor puede ayudarte a resolverlas!
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