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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Andrés Ruíz Ruipérez

Cambio del significado del acrónimo de nuestra entidad

28.05.12

Soy el presidente de una ONG a nivel regional y quisiera saber si cambiar el significado del acrónimo nos perjudica y cuáles son los pasos a seguir para hacerlo.

Nos llamamos AEPIM (Asociación de Epilépticos de la Región de Murcia) y antes la denominación de la nomenclatura era Asociación de Epilépticos del Mediterráneo.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

María Hernández Izquierdo

Periodista, técnico de comunicación en PREDIF, Plataforma Representativa Estatal de Personas con Discapacidad Física

Trabaja en:

Asesor particular

29.05.12

Si el acrónimo es el mismo no creo que os perjudique mucho en cuanto a temas de imagen si es a eso a lo que te refieres.
Un saludo

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#2

Respuesta del participante:

Andrés Ruíz Ruipérez

31.05.12

Gracias por la ayuda, pero en realidad quería decir que antes nos denominábamos Asociación de Epiléticos del Mediterráneo, pero a partir de recibir llamadas de toda la costa levantina e incluso de Italia, queremos cambiar esa M final por la denominacion de Murcia, para que no halla más confusiones y nos dediquemos a poder ayudar verdaderamente a los que podemos que son el hambito regional de Murcia.
Gracias de antemano.

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#3

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

31.05.12

Andrés,
creo que lo que quieres cambiar es el nombre de la asociación que es lo importante. Supongo que tu asociación está registrada como “Asociación de Epiléticos del Mediterráneo” y quereis cambiarle el nombre.

Para cambiar el nombre teneis que aprobarlo en Asamblea General e inscribirlo en el Registro donde esteis inscritos. El acrónimo no tiene ninguna importancia legal y podeis cambiarlo o dejarlo como está.

Saludos,

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#4

Respuesta del participante:

Andrés Ruíz Ruipérez

31.05.12

Gracias por la solución, era exactamente la respuesta que estábamos esperando recibir.

Saludos,

La Junta Directiva de Aepim.

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#5

Opinión anónima

31.05.12

En efecto, como indica Valentín, el cambio que quereis realizar es de la denominación de la entidad, que requiere un cambio estatutario.
En cuanto al acrónimo o sigla en sí, aunque no varíe, habría que ver si figura incluido en los estatutos. Mi recomendación es que sí, para que no pueda ser utilizado por otra entidad.
Añadir a lo dicho por Valentin de la convocatoria de una Asamblea General, que al ser un cambio estatutario, debe realizarse en una Asamblea General Extraordinaria; además de ello, debeis estar atento a lo previsto en Estatutos a que tipo de mayoría se requiere en la votación, pues las competencias exclusivas de la AG Extraoirdinaria suelen requerir mayoría absoluta o incluso superior, pero eso vendrá en vuestros Estatutos.
Finalmente, ¡ánimo con vuestra labor!

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#6

Aportada por:

Marc Masmiquel Mendiara

Diseñador y consultor de proyectos de cooperación

Trabaja en:

Asesor particular

31.05.12

Estimado Andrés,

Comparto lo que te han manifestado mis colegas.
Se trata de un cambio de nombre, y el procedimiento estipulado pasa sí o sí por un cambio de estatutos.

Os puede parecer un engorro, pero a la vista de lo que explicas es una buena noticia, pues vuestra entidad amplía su campo de acción y eso es una gran noticia. Es decir, que enhorabuena, y adelante.

¡Un saludo fraterno por vuestra labor!

solucionesong.org
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