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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Fernando Herrero Román

Cómo modificar en los estatutos los miembros entrantes y salientes de la Junta Directiva

06.08.10

Me llamo Koro Quevedo y pertenezco a GIAFyS.

Han cambiado 2 miembros de nuestra Junta Directiva. ¿Cómo hay que hacer para modificar los miembros entrantes y salientes en los estatutos?

Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

09.08.10

Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.(Comentarios a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación).Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones y de sus relaciones con los restantes registros de asociaciones
Segun la legislación arriba, mencionada los estatutos no se modifican , porque cambien algunos o todos los miembros de la junta directiva.
Simplemente reflejarlo en el libro de actas correspondiente especificando las causa y la fecha en que se produjo el evento y la reunión de la junta directiva que se tiene que reunir al efecto, para aceptar la bajo de los miembros y nombrar a sus sustitutos.

Un saludo. Ramòn

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#2

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

11.08.10

Hola Fernando,

Como dice el compañero Ramón tenéis que hacer un acta (copio-pego link donde veréis un modelo) y presentarlo en el registro donde esté inscrita la entidad, sino no será válida la nueva junta directiva. Informaros antes de presentar el acta pues es necesaria otra documentación (pago tasas, solicitud cambio junta directiva, etc)

http://www.mir.es/SGACAVT/modelos/asociaciones/todas_asociaciones/acta_elec_modif_jdirectiva.pdf

Saludos, Eva

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#3

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

15.08.10

Estimado Koro : en relación con la consulta planteada, paso a informarte lo siguiente: en primer lugar, vuestra entidad asociativa, GIAFyS está inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, al tener un ámbito de actuación que se extiende más allá de una Comunidad Autónoma.
Partiendo de lo dispuesto, la norma de aplicación a vuestra entidad asociativa viene dada por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, así como por el Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones y de sus Relaciones con los Restantes Registro de Asociaciones (Boletín Oficial del Estado núm. 306, de 23 de diciembre de 2003), en cuyos artículos 11 y 12 se establecen los trámites de inscripción o modificación de la identidad de los titulares de la Junta Directiva u Órgano de Representación, a saber:
Artículo 11. Plazo de presentación de la solicitud de inscripción.
En el plazo de un mes desde la elección o modificación de los titulares de la junta directiva u órgano de representación, deberá dirigirse la solicitud de inscripción al Registro Nacional de Asociaciones.
Artículo 12. Contenido de la solicitud y documentación que debe aportarse.
1. La solicitud deberá contener los datos que se indican en el artículo 6.2.a), b) y c), así como su número de inscripción en el Registro Nacional de Asociaciones.
2. La solicitud de la inscripción o modificación de los titulares de la junta directiva u órgano de representación deberá ir acompañada del acta de la reunión o del acuerdo adoptado, según se haya determinado su forma de elección en sus estatutos, o certificado del acta o del acuerdo extendido por las personas o cargos con facultad para certificarlos de acuerdo con sus estatutos, por el que se haya elegido o modificado a los titulares de la junta directiva u órgano de representación, en la que deberán constar, además de la fecha en que se haya adoptado:
a) Los nombres, apellidos, domicilio y demás datos de identificación, si son personas físicas.
b) La razón social o denominación si los titulares son personas jurídicas, con los datos de identificación de las personas físicas que actuarán en su nombre.
c) La fecha del nombramiento y, en su caso, de la ratificación y aceptación por los titulares.
d) La fecha de la revocación y del cese, en su caso, de los titulares salientes.
e) Las firmas de los titulares y, en su caso, de los titulares salientes”.
Un cordial saludo y mucho ánimo en vuestra labor social.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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