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Consulta formulada por:
¿Donde debemos contabilizar las ayudas públicas para proyectos?
09.02.12
Otra pregunta sobre el nuevo plan de contabilidad.
¿Dónde contabilizamos las ayudas públicas (gobiernos autonómicos, ayuntamientos…) para proyectos? ¿En la 740?
Gracias.
Respuestas
#1
Aportada por:
Economista - Asesor Fiscal
Trabaja en:
Asesor particular
10.02.12
Conchi:
La cuenta 740 está reservada para subvenciones de tipo general. Como ejemplos: subvenciones por contratacion, para la formacion etc.
Los ingresos de la actividad propia van a la 723. Da lo mismo que vengan de organismo publicos o privados. (Igual que en el anterior PGC)
Un saludo
Jose Luis

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