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Consultas Online

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Duda declarar IVA operación extracomunitaria

19.05.23

Buenas tardes,
Somos una asociación de familias que promueven la investigación de la enfermedad rara de nuestros hijos.No realizamos ninguna actividad económica,todas nuestras actividades son a título gratuito.

El año pasado pagamos una beca de investigación a una universidad suiza para un proyecto de investigación,Esta universidad emitió una factura a IVA cero,con concepto “subvención de entidad no lucrativa”. No hicimos ningún trámite en España al pensar que este IVA nulo significaba que la operación era exenta,y ahora no lo veo nada claro.

¿Hicimos bien?Dentro de poco vamos a hacer otro pago a esta misma universidad y queremos asegurarnos de que hacemos bien.

También he leído que puedes autorepercutirte el iva por dichas actividades pero no sé si es de aplicación en este tipo de operaciones.

Leyendo el manual de IVA creo que sí hay que declararlo, pero también he visto que los empresarios o profesionales pagarán IVA salvo que todas sus actividades sean a título gratuito.

Gracias por adelantado,no sé cómo resolver esto..
Un saludo

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Respuestas

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#1

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

20.05.23

Sin tener mucha más información al respecto, lo que se desprende del planteamiento, es que la ayuda realizada como beca es considerada como una subvención o donación finalista. Como tales estos conceptos no están sujetos a la repercusión del IVA por cuanto no constituyen una contraprestación o entrega de bienes y/o servicios. Es decir, su entidad no obtendrá directamente nada por la beca realizada.

El IVA está sujeto a la entrega de bienes y/o prestación de servicios, siempre que no se encuentre dentro de las exenciones previstas en la Ley (art 20.8 y siguientes…)

Abundando un poco más en la respuesta y en la relación a la auto-repercusión del IVA Intracomunitario, este está contemplado para la entrega de BIENES, no así la prestación de servicios ya que estos se consideran realizados en Origen y por tanto como una operación interior.

La consideración de subvención o donación, deriva en connotaciones fiscales ya que las subvenciones solo pueden realizarlas entidades pertenecientes a la administración pública y las donaciones pueden generar beneficios fiscales en el país destinatario de las ayudas, siempre que exista un establecimiento permanente en dicho país.

Esto último es algo más técnico pero lo comento para completar la respuesta en relación a la pregunta.

Salvo mejor opinión.
Espero haber resuelto su duda.

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#2

Respuesta del participante:

21.05.23

Buenos días,

Muchas gracias por su respuesta.Me surgen las siguientes dudas:

La investigación que está llevando a cabo la universidad de Suiza es sobre la enfermedad de nuestros hijos, entonces no sé si se puede asegurar que “no recibimos nada con la beca realizada”,pese a que sea investigación básica. No he encontrado ninguna exención relativa a proyectos de investigación.

Igualmente dado que nos han emitido una factura, no sé si se puede considerar donación o ya es una prestación de servicios al haber sido facturada.

Creo por lo que he seguido mirando en Internet,ruego me verifique si cree que es correcto, la operación no estaría sujeta a IVA; He utilizado la herramienta virtual de localización de servicios.https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/AVAC-CALC/LocalizadoresServicios

Al indicar que el “prestador de servicios” es de fuera de la UE y al elegir como “condición de cliente”:
Particular o persona jurídica que no actúa como empresario o profesional y no tiene un NIF-IVA (entes públicos,fundaciones,asociaciones),la herramienta virtual me dice que la operación no está sujeta a IVA.

Muchas gracias de nuevo por su ayuda,

Un saludo,

Mercedes

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#3

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

22.05.23

Buenas tardes.
Efectivamente el hecho de que Suiza no forme parte de la UE implica que el tratamiento del IVA intracomunitario esté descartado.

Por otra parte, el hecho de que tengan un interés particular en los fondos entregados, no implica que se considere prestación de servicio por cuanto no reciben de manera directa estos servicios, es decir no está condicionado a obtener un bien o servicio concreto. Desconozco la mecánica fiscal de Suiza y no puedo decirle si su consideración es de una donación o de otro tratamiento, lo que si tengo bastante claro es que no es una prestación de servicios y en consecuencia, no estaría sujeta a IVA.

Igual algún otro compañero le puede ampliar la respuesta.

Un saludo.-

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#4

Respuesta del participante:

22.05.23

Muchas gracias por su respuesta, me quedan claras y comparto sus consideraciones.

solucionesong.org
Un proyecto de