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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Eva Matarín Rodríguez-Peral

Dudas sobre el impuesto de declaraciones recibidas y en la solicitud de exención del IVA

30.10.07

Hemos creado una fundación de investigación social y estamos un poco perdidos con los papeleos, en concreto con el impreso de donaciones y con la exención del IVA.

Después de ir repetidas veces a Hacienda y a la oficina de liquidación de impuestos, no tenemos claro qué documentos hay que presentar al finalizar el año, detallando todas las donaciones recibidas, ¿es en el 182 o en el 501? Tampoco sabemos si tenemos que pedir la exención parcial del IVA.

Muchas gracias por todo.

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Respuestas

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#1

Muy buena

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

02.11.07

En relación con las donaciones, me da la impresión que os estáis refiriendo a las recibidas de personas o entidades que quieren colaborar con el fin socia de vuestra entidadl; en ese caso, las mismas se declaran a través del modelo 182, con objeto de que los donantes puedan hacer uso de la correspondiente deducción en su impuesto personal (IRPF o Impuesto sobre Sociedades si es persona jurídica).

Considero que lo más acertado es relacionar en el citado modelo sólo a las personas que nos pidan certificado de donativo, es decir a aquéllas que realmente hagan uso de la deducción y, a tal efecto, nos aporten sus datos (nombre y apellidos, DNI y domicilio).

En relación con la exención parcial del IVA a que hacéis referencia, creo que estáis un poco confundidos, pues la primero que debéis determinar es si la actividad que vais a desarrollar está exenta de IVA (me da la impresión que sí podría estar exenta del citado tributo), en cuyo caso no tendrías que presentar declaración alguna por este impuesto y, en consecuencia, tampoco deduciros el IVA soportado en vuestras adquisiciones.

Por otro lado, no sé si cuando habláis de exención parcial os estáis refiriendo a la exención por carácter social, concepto éste más complicado que en principio no creo que sea necesario para vosotros, pero que, en todo caso, habría que analizar con mucho más detenimiento.

Juan González Martín-Palomino.
gonzalezpalomino@icacr.com

solucionesong.org
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