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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Marika Pérez Gutiérrez

Justificación de Dietas para AECID

07.11.09

Hola a todos y gracias de antemano por la respuesta.


Estamos desarrollando un proyecto de cooperación cultural gracias a una subvención de la AECID, y tenemos la siguiente duda:


Hay presupuestada una cantidad para dietas diarias de cada voluntario y nos gustaría entregarlas de forma individual. Si a alguno de los voluntarios le sobra una cantidad de esa dieta diaria, ¿debe devolverla?.


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

10.11.09

Hay dos repuestas en la pregunta que planteas. Por una parte preguntarias si se pueden entregar las dietas de manera individual. Creo que es lo mas acertado, al igual que los salarios se pagan a cada persona, aunque exista la figura de un supervisor que sera el encargtado de crear un marco idoneo para que no se dupliquen dietas o similar. El concepto de dieta es muy amplio cuando se entrega ya que se puede utilizar para comida, alojamiento, transporte… si una persona no quiere comer o tiene un transporte gratuito pienso que no deberia de reclamarsele el concepto de la dieta que el acumula; es posible que la necesite para otra cosa tambien. No debemos de juzgar lo que quiere hacer el los emolumentos de la dieta que recibe.

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#2

Excelente

Aportada por:

Jose Maria Rubio Gomez

asesor en Planificacion t Gestion de Proyectos de Cooperacion

Trabaja en:

Asesor particular

10.11.09

En principio se me ocurre que una cosa es la cantidad presupuestada para gasto de dietas y otra cosa es lo realmente gastado bajo ese copncepto que es en realidad lo que se va ha imputar al proyecto como gastos de esa partida:


 


Por ello los voluntarios uno a uno justificaran lo gastado desde lo asignado y la diferencia afectará al presupuesto inicial, pero a efectos de la gestión del proyecto lo realmente gastado es lo justificado, el resto será considerado menos presupuesto, pudiendose imputar a otra partida, siempre que se hayan obtendos los permisos pertinentes..


 


Sin más un saludo.

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#3

Excelente

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

10.11.09

Hola Marika;


En principio, cada persona debería de llenar su hoja de liquidación de dietas y gastos de locomoción, es más, la aecid tiene una planilla para estos casos.


En esta planilla cada persona detallará sus datos, motivo del desplazamiento, días, lugar, forma de desplazamiento (avión, barco, alquiler coche), si va en vehículo propio se le pagará a 0,19€/m.


A cada planilla habrá que adjuntar las facturas o comprobantes de gasto de los desplazamientos.


Las dietas se computaran por 100 €/día/persona, con lo que en un principio, si sobrara no sería necesario devolverlo, faltará saber como lo acordásteis con ellos/as en su día y como está presupuestado en el documento de formulación.


Saludos, Eva


pd.; voy a intentar enviarte el link de la planilla en otro mensaje

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#4

Excelente

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

10.11.09

Hola Marika;


Pues ahora mismo no encuentro el link, pero en las bases o la resolución de la convocatoria tendréis el modelo de justificación de las dietas, es algo así como (copio-pego):


http://www.aecid.es/export/sites/default/web/galerias/ongds/descargas/LIQUID_DIETAS_MOVIL.doc


Saludos, Eva

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#5

Opinión anónima

16.11.09

Apreciada Marika,


En respuesta a tu consulta, tienes que tener en cuenta dos aspectos:


- uno, que tengas un contrato laboral con el voluntario, en cuyo caso el no debe de justificar dietas, y tu justificación ante AECID es presentar el contrato laboral debidamente legalizado, en el que hace constar las condicioones laborales y el convenio que aplica.


- dos, hay varios supuestos: que no tenga contrato laboral, es decir autónomo, y las cantidades son dadas con el concepto de "gastos a justificar", debe de justificar todos y devolver el dinero sobrante, otro, que en las condiciones del contrato laboral no haya convenio aplicable y no se haya descrito esta circunstancia en las condiciones especiales, en este caso, aplica el primer supuesto.


Saludos

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