Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Ignacio Torres Gutierrez

¿La aportación inicial de un patrono para la dotación de una Fundación es fiscalmente deducible como donación?

22.05.14

Hola,

¿La aportación inicial para la dotación de una Fundación, de un Patrono, es fiscalmente deducible como donación?

Se entiende que esa Fundación pretende acogerse a los beneficios fiscales de la Ley 49/2002.

Gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Buena

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

22.05.14

Buenos dias.

Efectivamente la aportacion inicial a la que se refiere su consulta es deducibe en el IRPF ó IS personal del donante, siempre que una vez constituida la Fundacion, esta se acoja a la Ley 49/02.

Para hacer efectivo el derecho, una vez inscrita la fundacion por el protectorado, deben ejercer la opcion de inclusion en los beneficios de la Ley a traves de un modelo 036 presentado en Hacienda, y al cerrar ese primer ejercicio, en enero del año siguiente, presentar el modelo 182, indicando todos los donativos recibidos, entre los que incluye en su caso el de la aportacion inicial, tanto sea en metalico como en especie.

saludos

avatar
#2

Respuesta del participante:

Ignacio Torres Gutierrez

22.05.14

La respuesta ha sido muy rápida y concisa.

solucionesong.org
Un proyecto de