Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Helio Núñez Albacete

Normativa sobre Centro de Formación por Internet sin clases presenciales

22.05.10

Hemos puesto en marcha un Centro de Formación por Internet cuyos alumnos son internautas de todo el mundo, sin clases presenciales.


No somos ni deseamos ser un Centro ni Universidad reglada, ni que nuestros diplomas tengan validez oficial en ningún país. Nos hemos dado ya de alta en Hacienda en el epígrafe adecuado.


¿Tenemos que realizar alguna otra acción para estar cubiertos legalmente?


Muchas gracias

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Opinión anónima

24.05.10

 Con relación a su pregunta son de aplicación El Código Civil Español y las siguientes Leyes :


10.0pt;font-family:Arial;color:black”> 


10.0pt;font-family:Arial;color:black”> 


10.0pt;font-family:Arial;color:black”>Código Civil español


10.0pt;font-family:Arial;color:black”> 


Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información


 


Ley de Servicios de la Sociedad de la Información


 



0cm;line-height:14.4pt;border:none;mso-border-bottom-alt:solid #AAAAAA .75pt;
padding:0cm;mso-padding-alt:0cm 0cm 0cm 0cm”> mso-bidi-font-size:18.0pt;font-family:Arial;color:black;font-weight:normal”>Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal de España



 


Un saludo.


 


Ramón


 

solucionesong.org
Un proyecto de