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Consulta formulada por:
¿Podéis aclararnos estas dudas que tenemos respecto a esta oferta de trabajo?
07.08.14
Hola,
Nos han concedido una ayuda económica para un proyecto centrado en la contratación de un/a trabajador/a social. Sería un contrato temporal durante un año, de tipo Teletrabajo (desde su casa o desde donde la persona lo considere oportuno, pero no desde nuestra sede física puesto que no tenemos) y por 6 horas mensuales.
La convocatoria de la ayuda no permitía mucha mayor cantidad de horas para contratar a esta persona.
El caso es que habíamos hablado con una persona que nos había hecho un cálculo aproximado (unos 2.400 euros brutos anuales).
Estamos intentando publicar un anuncio para contratar a esta persona en los Colegios Oficiales de Madrid y Cataluña y nos indican que debemos poner en la oferta explícitamente el tipo de convenio y el salario.
El salario está claro que es una aproximación que hicimos, puesto que dependerá de la situación personal de cada persona, el convenio, etc.
Quería saber si nos podíais echar una mano con este tema, sobre todo indicándonos qué tipo de convenio se puede aplicar a un/a Trabajador/a Social que vaya a desempeñar su labor mediante Teletrabajo. Y si estos convenios difieren por ejemplo de una Comunidad a otra.
El domicilio social de nuestra Asociación está en Toledo (Castilla-La Mancha). Estamos registrados como Asociación no lucrativa en el Registro Nacional de Asociaciones, pero no pertenecemos a la categoría de Utilidad Pública.
¡Si necesitáis cualquier otro dato, y lo sé no dudéis en preguntárnoslo!
Nos corre un poco de prisa porque justo ahora al menos el Colegio de Madrid cierra por vacaciones (creo que a partir del 11 de agosto).
Y era para que saliera la oferta antes de que cerraran.
¡Muchas gracias de antemano!
Un abrazo.
Respuestas
Opinión anónima
07.08.14
Hola Gonzalo,
Actualmente no hay un convenio especifico de aplicación a los trabajadores sociales, pues el I Convenio Colectivo Marco Estatal de Acción e Intervención Social (Código de Convenio n.º 9916085), que fue suscrito con fecha 12 de marzo de 2007, fecha publicación en el BOE 5 de junio de 2007, no está vigente.
La práctica actual en la Comunidad de Madrid es la aplicación del convenio de la empresa que los contrata y que normalmente termina siendo el de Oficinas y despachos por el perfil de empresa que requiere de dichos profesionales.
El teletrabajo únicamente se encuentra regulado en el art. 13 del Estatuto de los Trabajadores, donde se recoge que los trabajadores a distancia tendrán los mismos derechos que los que prestan sus servicios en el centro de trabajo de la empresa, misma remuneración que los empleados en el centro de trabajo, ejercer derechos de representación y sindicales y todos los que se contengan en el convenio colectivo de aplicación, como por ejemplo materia de vacaciones, permisos…, en virtud de lo cual puede actuarse de la forma que te indicaba anteriormente.
En todo caso y a falta de Convenio especifico, atendiendo a la descripción del puesto que vais a cubrir, entiendo adecuado el Convenio de Oficinas y Despachos.
Espero haberte servido de ayuda.
Respuesta del participante:
07.08.14
Gracias Virginia ¡¡¡
Creo que nos has ayudado mucho. La única duda que me queda, es que la sede social de la Asociación está en Castilla-La Mancha.
Si por ejemplo, finalmente escogemos a un trabajador de Madrid o de Cataluña ¿qué convenio aplicaríamos?
¿El que afecta a la empresa, en este caso a la Asociación? Es decir el Convenio de Oficinas y Despachos en Castilla-La Mancha me imagino, no?
O nos podemos acoger a algún Convenio Nacional? Por lo que he visto en internet parece que cada Comunidad tiene el suyo, no?
Gracias de antemano.
Un abrazo.
Gonzalo.
Respuesta del participante:
07.08.14
Hola de nuevo.
He estado consultando y justo en Toledo, donde está nuestro domicilio social, existe una carencia de un Convenio de este sector????
Y por lo que veo, no hay uno nacional que ampare a todo el territorio, si no que la mayoría son provinciales con algunas pocas excepciones en las que se negocia a nivel de toda la Comunidad Autónoma.
¿Qué podemos hacer en este caso?
Te paso este enlace:
Gracias de antemano y perdona ¡¡¡¡¡
Un abrazo.
Gonzalo.
Respuesta del participante:
07.08.14
Hola de nuevo.
He estado consultando y justo en Toledo, donde está nuestro domicilio social, existe una carencia de un Convenio de este sector????
Y por lo que veo, no hay uno nacional que ampare a todo el territorio, si no que la mayoría son provinciales con algunas pocas excepciones en las que se negocia a nivel de toda la Comunidad Autónoma.
¿Qué podemos hacer en este caso?
Te paso este enlace:
Gracias de antemano y perdona ¡¡¡¡¡
Un abrazo.
Gonzalo.
Opinión anónima
08.08.14
Hola de nuevo Gonzalo,
Efectivamente la provincia de Toledo es de las pocas que carece de este Convenio. Por ello entiendo que a falta de convenio autonómico o de ámbito estatal que pudiera suplir esa carencia, la relación con el trabajador quedaría sujeta únicamente al Estatuto de los Trabajadores, y en relación al salario, al Salario Mínimo Interprofesional.
A pesar de que esta vaya a ser la realidad de la relación con vuestro trabajador, volviendo al origen de tu consulta, no sé si esta opción está contemplada en las que os ofrezca el programa de gestión de la publicación del anuncio, si es modificable o se tarta de opciones dadas.
Un saludo
Virginia
Respuesta del participante:
08.08.14
Muchas gracias Virginia por tu aclaración ¡¡¡¡
Vamos a ver cómo lo podemos hacer para introducir la oferta.
Muchas gracias por todo.
Un abrazo.
Gonzalo.