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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Presentando una carta de dimisión al presidente basta para que legalmente esta se reconozca?

23.01.13

Hola,

Actualmente soy representante legal y director general de una asociación que solo tiene un año de constituida pero que nunca ha tenido actividad y por razones personales debo renunciar a este cargo. Me gustaría saber si presentando mi carta al presidente de la Asociación basta para efectos legales ya que ante el ministerio y hacienda aparezco yo como representante legal y si debo también presentar a estos dos organismos algún escrito certificando que no soy el representante legal o debe hacerlo la junta directamente.

Agradezco toda vuestra ayuda.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Silvia Alvarez

Servicios en contabilidad/Fiscalidad/RRHH/Seguros/Consultoría Web

Trabaja en:

Servicio Premium - Asesoría Debe Haber Asociaciones S.L.

23.01.13

Buenos días ,

Tu baja hay que comunicarla en el registro, comunicando tu baja aportando carta dimision y acuerdo de junta donde aparezca la persona que te sustituye.

Y también hay que comunicar en hacienda el cambio de representante legal.

Un saludo
Silvia Alvarez
www.debehaberasociaciones.com

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#2

Opinión anónima

23.01.13

Por aclarar un poco más la respuesta:
En principio, a tus efectos personales, la renuncia FEHACIENTE es válida. Para que sea fechaciente, el escrito de renuncia debe ser sellada con el sello de la asociación, y con la fecha de la recepción. Si hay algún problema o si ves que va a haber alguna dificultad, se envía un burofax con certificación de texto y asunto concluido.
Otra cosa es que la entidad de curso con diligencia a esa renuncia. Es la entidad la que tiene que comunicar al registro de asociaciones, a Hacienda y a todos los organismos en los que esté inscrita ese cambio.
Yo le pediría a la entidad que me diesen una copia de los diferentes escrito que envíen, para tu cosntancia.
Si se hacen los remolones o se niegan, yo enviaría al registro de asociaciones un escrito adjuntando la copia de la renuncia ante la asociación, para que tomen nota.
Ante Hacienda, que tiene unos procedimientos muy formalizados, a veces demasiado restringidos, intentaría hacer lo mismo, pero en todo caso por hablar con ellos por teléfono y plantearles el caso te pueden dar otra indicación.
Pero todo ello a lo mejor es innecesario si la entidad es diligente es su cometido. ¡Pero cerciórate de que ello es así para evitar sorpresas en el futuro!

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#3

Aportada por:

Elena Carrasco García

Trabaja en:

Asesor particular

23.01.13

Totalmente de acuerdo con la respuesta de Xose, hasta que no conste en el registro correspondiente donde esté registrada la Asociación tu renuncia, a efectos de terceros sigues como representante de la misma con responsabilidad. Bien por burofax o por un documento privado autenticado por notario y remitido a la entidad.
Si no te hacen caso la opción es presentar como te indica en el registro un escrito con toda la documentación que tengas de tu renuncia y una vez esto, en Hacienda lo mismo, si no han hecho la Asociación el trámite de tu baja. Presentas un escrito con copia de todo lo que has tramitado, al menos desde la fecha de su presentación no serás ya su representante y te evitarás problemas posteriores.

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