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Consultas Online

Consulta formulada por:

Ángel Sosa Peñate

Préstamo Personal a ONG de UTILIDAD PÚBLICA

28.11.23

Buenas noches

Leyendo algunas de las entradas, y viendo que es un tema recurrente, me surge la duda de como debemos gestionar los préstamos personales de los socios a la entidad para afrontar problemas de liquidez, si somos entidad de Utilidad Pública.

Queda claro que debemos firmar un documento donde se aclaren los términos del préstamo y que debe quedar claro en nuestra contabilidad, tanto ingresos como devoluciones.

Por otro lado, los socios nos preguntan si esto puede repercutir de alguna manera negativa en su fiscalidad personal. Si es así, ¿qué problemas podrían surgir?

Muchas gracias como siempre, por las respuestas.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

29.11.23

El hecho de que vuestra asociación esté declarada de utilidad pública en nada afecta a la fiscalidad y contabilidad del préstamo. Es correcto el enfoque que le dais a los préstamos. Por lo que respecta a posibles repercusiones fiscales en la renta del prestamista, sólo las tendría en el supuesto de que se pacte que el préstamo devengará interés; en este caso, el importe de los intereses sería un rendimiento de capital mobiliario que tributaría en la renta del socio que presta.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

#2

Respuesta del participante:

Ángel Sosa Peñate

29.11.23

Gracias por la respuesta

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