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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Javier Vallejo Artiguez

¿Pueden colaborar los socios en obras de construcción y adecuación de la sede de la ONG, sin tener contrato laboral y sin cobrar por ello?

13.11.09

Para que los gastos de construcción y adecuación de la sede de la ONG se reduzcan, hay trabajos de construcción que no necesitan ser realizados por profesionales y para los que varios socios se han ofrecido. ¿Podríamos tener problemas con una hipotética inspección de trabajo si encuentran a socios trabajando voluntariamente y sin cobrar por ello?.


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Muy buena

Aportada por:

Maria Molero

20 años como Directiva de ONGd- 10 años de residencia en países. Formulacion proyectos.

Trabaja en:

Asesor particular

13.11.09

En primera instancia, recomendaria que bien la persona que dirija la obra- que supongo que si dará el perfil necesario, bien el Departamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo de vuestra zona os sugiera los mínimos legales para este caso. Supongo que también dependerá de la envergadura de las obras y tareas.


Saludos!


M


 

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#2

Muy buena

Aportada por:

José María Taberné Abad

Ex abogado ejerciente, MSc Development Admin & Planning, Consultor

Trabaja en:

Asesor particular

13.11.09

Entiendo que ya habeis obtenido la licencia de obra del Ayuntamiento si es que es necesaria, y la dirección de obra de la misma en su caso.


En principio la  inspección de Trabajo no tiene nada que decir si el aporte de mano de obra es voluntario. María Molero está en lo cierto sobre la consulta con seguridad e higiene en el trabajo, utilización de guantes, máscaras y gafas para el uso de disolventes, electricidad, andamios, etc. Habría que gfver si los voluntarios vana utilizar alguna maquinaria cuyo uso requiera cierta cualificación. 


También deberías considerar algún seguro de responsabilidad civil que los contratistas normalmente tienen para sus trabajadors profesionales que os van a hacer el grueso de la obra en caso de que causarais daños a los locales colindantes y/o posibles lesiones a los participantes voluntarios.


Saludos JMT.


 

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#3

Opinión anónima

13.11.09

 No tengo nada que añadir salvo que hay que tener en cuenta la peligrosidad de la obra. La legislación laboral contempla la prestación de servicios por amistad, pero todos sabemos que los accidente mas graves son en las obras, Suerte

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#4

Muy buena

Aportada por:

Montse de Paz

Fundación ARSIS

Trabaja en:

Asesor particular

13.11.09

Hola, Javier,


claro que pueden colaborar voluntariamente. Ten en cuenta lo que apuntan los compañeros: la licencia de obras, las condicinoes de seguridad e higiene y un seguro de accidentes y responsabilidad civil que cubra a todo vuestro voluntariado, incluyendo los socios que están ahí ayudando.


Saludos y buena suerte,


Montse de Paz

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#5

Opinión anónima

16.11.09

Hola,


Debemos tener en cuenta que hay obras y obras, si te refieres a que un grupo realiza tareas de pintura, sin que exista riesgo de caida a distinto nivel y trabajos de altura, pues debo decirte que en todas las asociaciones realizan tareas de pintura los socios. incluido yo tambien cuando me toca arrimar el hombro.


Los trabajadores que prestan sus servicios en el ámbito de la construcción, al igual que los demas, pero en este sector es llamativo, deben recibir formación en lo relativo a la Prevención de riesgos Laborales, deben tener unos reconocimientos médicos específicos, y todo esto debido al alto indice de siniestrabilidad que se presenta en construcción. Si hablamos de un centro de trabajo de obra ordinaria, debo decirte que un edificio en construccion no es el lugar para voluntarios por el riesgo que supone para su integridad física. Si sólo es una reforma menor, podría considerarse aceptable.


Añadir algo acerca de los trabajos de amistad, benevolencia y buena vecindad previstos en el artículo 1.3 d del Estatuto de los Trabajadores,   la jurisprudencia ha considerado excluido del supuesto de voluntariado (trabajos de buena vecindad) el realizado en las obras de construcción, como indica Tribunal superior de Justicia de Asturias  25-07-97, Aranzadi Social 2299.


Saludos


David Castillo

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#6

Opinión anónima

16.11.09

Hola de nuevo,


Entiendo que la gran mayoria de "reformas", (entre comillas) que se hace en las entidades, son realizadas por socios o voluntarios que aportan de esta forma, incluso cobrándolo a un precio muy reducido, su servicio a la sociedad. Cuando se me plantea este mismo tema, me gusta que le quede claro, independientemente de la decisión que se tome, el posible riesgo que se asume, cuya tipificación y posterior sanción depende del inspector de trabajo de turno, y del día que haya tenido.


Apuntar que en el artículo 6.G de la Ley del voluntariado, establece que la actividad voluntaria se realizará en las debidas condiciones de seguridad e higiene en funcion de la naturaleza y características de ella. Por mi parte los voluntarios que vayan a realizar cualquier actividad vinculada a la construcción deben ser alguien de confianza en la entidad,  que tenga conocimientos previos y preventivos, el cual tenga claro la vinculación que le une con la entidad y que la reforma se desarrolle en los términos mas discretos posible. Para aclaraciones: 635 499 380. Saludos


David Castillo Márquez


Graduado Social Coleg 1.561

solucionesong.org
Un proyecto de