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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Si una asociación crea una empresa de inserción, ¿qué beneficios fiscales tiene esa empresa?

30.05.08

Una vez publicada la Ley 44/2007 de empresas de inserción, si una asociación pretende crear una empresa de inserción ¿qué beneficios fiscales tiene esa empresa cuyo objeto social es la integración de personas en exclusión social?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

09.06.08

El 14 de diciembre de 2007 se publica en el BOE la LEY 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.
En su artículo 4 define el concepto de empresa de inserción como:
“aquella sociedad mercantil o sociedad cooperativa legalmente constituida que, debidamente calificada por los organismos autonómicos competentes en la materia, realice cualquier actividad económica de producción de bienes y servicios, cuyo objeto social tenga como fin la integración y formación sociolaboral de personas en situación de exclusión social como tránsito al empleo ordinario gestión..”

Las empresas de inserción podrán beneficiarse de las siguientes clases de ayudas (artículo 16.3 de la Ley):
“a) Bonificaciones a las cuotas de la Seguridad Social, en los contratos de trabajo de las personas referidas en el artículo 2, de 70,83 euros/mes (850 euros/año) durante
toda la vigencia del contrato, o durante tres años en caso de contratación indefinida.
Se aplicará lo establecido en la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, en cuanto a los requisitos que han de cumplir los beneficiarios, las exclusiones en la aplicación de las
bonificaciones, cuantía máxima, incompatibilidades o reintegro de beneficios.
b) Subvenciones para el mantenimiento de los puestos de trabajo para la inserción sociolaboral, en concepto de compensación económica a los sobre costes laborales
derivados de los procesos de inserción.
c) Ayudas a la inversión fija afecta a la realización de su objeto social.”
Por tanto, habrá que estar a su forma jurídica (entidad mercantil o cooperativa) para conocer los beneficios fiscales si los hubiere.
Para las cooperativas se aplica Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre régimen fiscal de las cooperativas y para las sociedades mercantiles se le aplicará la normativa fiscal general y en especial, la Ley 4/2004 de 5 de marzo, del Impuesto sobre Sociedades.
Esta respuesta no es vinculante.

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