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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Manuel Garcia Peña

Sobre la justificación de gastos de un proyecto

25.09.09

Tenemos dudas a cerca de qué podríamos incluir dentro de las partidas de PERSONAL EXPATRIADO, y de PESONAL LOCAL.


No sabemos si se refiere a los gastos exclusivamente de nóminas y Seguridad social del personal vinculado al proyecto, o si además podríamos incluir otros gastos devengados por ese personal (dasplazamientos, dietas, etc.), durante la ejecución del proyecto.


Muchas gracias de antemano.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Oscar Cornelles

Responsable administrativo-financiero de ESAL

Trabaja en:

Asesor particular

25.09.09

En primer lugar debéis estudiar las bases del proyecto en ellas normalmente se especifica que entra en cada partida del presupuesto, ya que depende de cada financiador por poner un ejemplo algunos no permiten gasolina….
Normalmente PERSONAL EXPATRIADO corresponde a los gastos de nómina y SS, las dietas y otros gastos suelen ir dentro, lo importante es que esté incluido en el presupuesto del proyecto para que lo podáis justificar, de todas formas aclararlo con el financiador.

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#2

Opinión anónima

25.09.09

Dentro del apartado de personal expatriado y del personal local se pueden incluir las nominas, SS, dietas y gastos varios que podeis bien comentarlos o cargarlos en una partida unica. Los viajes tan solo seran a incluir los del personal expatriado

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#3

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

25.09.09

Hola Manuel;

Como bien dicen los compañeros, los gastos de personal (tanto expatriado como en sede) incluyen la seguridad social por parte de la empresa, del trabajador así como las retenciones.

Normalmente en los formularios del presupuesto suele haber una partida para “Viajes, estancias y dietas”, sino la hay, mejor que consultéis al financiador para no llevaros sorpresas después.

Las nóminas pueden incluir una parte de dietas que además no cotizan a la seguridad social, así que solo os quedarían los desplazamientos que deberían ir en Viajes, estancias y dietas.

Saludos, Eva

Saludos, Eva.

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#4

Opinión anónima

25.09.09

Todo gasto implicitamente requiere de una Justificación, por una cuestion moral y de principios. Más aun si se trata de proyectosen este caso debes detallar todos los costos a solicitud del Financianciador.
Eber Cabanillas

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#5

Aportada por:

Víctor Gil del Cubo

Director Martinez¬Gil Asociados. Consultor economico- contable ONGS

Trabaja en:

Asesor particular

28.09.09



Estimado Amigo;

La mayoría d emis compañeros ya te han contestado pero yo te haría imcapie sobre todo en que revises muy bien cual es la naturaleza de los gastos que dejan financiar la subvención.

Recordarte que existe un límite en la jsutificación d ela cuantía de nómina si no indica lo contrario la subvneción y sería la tabla salariar de la administración.

Normalmente se considera en la partida de Personal cuando es Expatriado: NOMINA. SEGURIDAD SOCIAL, DIETAS ( que se incluyen en la nómina) así como el desplazamiento al lugar de trabajo. Los desplazamientos para ala ctividad propia que realice suelen tener partida propia.
Local; NOMINA, SEGURIDAD SOCIAL, DIETAS ( que una parte no cotiza a la seguridad social con el límite de 9.62 € diarios- es como un tícket comida).
Los desplazamientos, dietas y demás conceptos que indcas deben jsutificarse en la aprtida de Dietas y GAstos de viajes teniendo en cuenta las limitaciones que marca tanto el financiador de 0.18€ kilometraje y cantidad para comida o alojamiento.

Cualquier duda te envio mi email victormppozo@hotmail.com

Un cordial saludo

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#6

Opinión anónima

29.09.09

Hola,
Hay varios métodos, uno de eellos, el más reducido es el siguiente:
Los pagos de la subvención concedida, se realizarán de la siguiente forma:
• El 10 % tras la concesión en firme de la subvención, y a la entrega de planes de trabajo y cronograma estimado, entre otros documentos que previamente se hayan pactado, en el “Convenio Marco de Cooperación” entre ambas ONGD para el DPS en concreto (Convenio complementario al de ambas entidades).
• El resto se abonará mensualmente, mediante factura, tras la presentación de la certificación de trabajos y/o servicios efectuados, y del monitoring mensual.
Toda la documentación deberá ser certificada por un organismo competente e independiente
El pago de las certificaciones, con su correspondiente factura, a ser en concepto de “a buena fe y a cuenta”, no implica bajo ningún concepto, que las obras, actos, servicios, etc., objeto de la subvención, se hayan ejecutado de acuerdo al PDS y a plena
satisfacción de la Fundación.
Si deseas otro procedimiento más detalaldo, haznolo saber.
Saludos

solucionesong.org
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