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Consultas Online

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Consulta formulada por:

David Palomo Arroyo

Tenemos dudas sobre la facturación a una compañía con la que tenemos un acuerdo para recaudar fondos, ¿tenemos que darnos de alta en el IVA?

28.05.08

Queremos realizar una campaña de captación de fondos a través de sms desde móvil. Para ello nos hemos puesto en contacto con una compañía. El funcionamiento del servicio es el siguiente: el donante envía un sms a un número con un mensaje, ese sms tiene un precio del cual parte se queda la compañía que suministra el servicio de recepción de sms y parte se queda ‘Rescate’. Al final del período establecido la compañía comunica a ‘Rescate’ los datos sobre mensajes recibidos y el importe que le corresponde. En ese momento ‘Rescate’ tiene que emitir una factura por ese importe a la empresa que suministra el servicio para que esta proceda al pago.

La pregunta es. ¿en concepto de qué facturamos a la compañía? Dependiendo de ese concepto, ¿correspondería darnos de alta en el IVA y en qué epígrafe?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

28.05.08

Estimado David,

Te confirmaré en que epigrafe tenéis que daros de alta, pero debéis hacerlo.

Un saludo,

Mariano Romero
m_romero1@yahoo.com

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#2

Opinión anónima

09.06.08

Si no lo he entendido mal, el tracto es el siguiente:
1.-El donante envía msm : Si lo solicita el donante le emitirán certificado de donación que imagino será sobre la cantidad total del coste del mensaje.
2.-Todo el dinero sacado es de la entidad Rescate.
3.-Para conseguir el dinero encarga a una empresa que preste el servicio para la gestión de los sms y Rescate abona una cantidad por la prestación de esos servicios.
La empresa le hará una factura del coste de su servicio (que imagino se corresponderá con la parte que ellos se quedan). El resto, lo que os entregan es una cantidad de dinero de Rescate, por lo que no entiendo la necesidad de una factura (deberían revisar el contrato firmado con ellos), será más bien un recibí, ya que, la empresa es prestadora de servicios del cobro de la donación. La entidad Rescate no presta servicio ni entrega bien alguno a la empresa de los SMS por lo que no entiendo que es lo que quieren facturar.

Esta respuesta no es vinculante.

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#3

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

10.06.08

Hola David,

Sinceramente es la primera vez que trato este caso pero imagino que puede darse el que suceda mas veces puesto que entiendo que es un servicio más de entre los muchos otros que prestan y prestarán las compañias telefónicas.

Yo entiendo que de entrada es un servicio que vosotros contratais, con lo ellos os deben emitir una factura y vos pagar los servicios.

Por otro lado, recibis un ingreso, que aunque considerado “donación” no deja de ser un abono que recibís de la compañia telefónica en concepto del servicio que vos les prestais, pues ellos tambien ganan con el contrato, por lo tanto, puedo entender que os pidan una factura, sinó tendría el caracter de donación de la compañia a vosotros y no es la realidad.

Así que creo que de algun modo u otro si que les tenéis que facturar por el importe del ingreso de la “donación”, con lo que me temo que si que teneis que facturar con iva y por lo tanto daros de alta en el impuesto de actividades economicas, lo que no tengo ni idea de que epigrafes estamos hablando, creo que el compañero Mariano os lo va a confirmar.

Saludos, Eva.

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#4

Respuesta del participante:

David Palomo Arroyo

11.06.08

Hola,
Gracias por vuestra ayuda. El problema es como lo ha captado Eva.
No está previsto enviar certificados a los donantes ya que no se puede identificar a la persona que manda el sms, y además el coste del envío podría absorver la parte del coste del sms que se queda RESCATE.
RESCATE no paga nada. El gestor de telefonía móvil nos dice trimestralmente el importe que nos corresponde de todos los mensajes recibidos y para proceder al pago nos pide una factura.
Leyendo el contrato el servicio lo presta el gestor de telefonía móvil. Por eso la duda es en qué concepto facturaríamos y qué epígrafe correspondería en IVA.
Quizás os aclare lo siguiente:
El donante envia un sms a un número de teléfono que habilita el gestor de telefonía móvil. Con todos los mensajes recibidos el gestor periodicamente pasa una factura al operador correspondiente (vodafone, movistar…) que pagan al gestor. Después Rescate pasa una factura por el importe correspondiente al gestor.

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