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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Ana Isabel Mateo Benito

¿Tienen que darse de alta en autónomos una persona para redactarnos un proyecto?

30.11.11

Una asociación sin ánimo de lucro nos iba a redactar un proyecto, sin embargo, les asesoran que para ello, los miembros que lo redactan deben estar dados de alta en autónomos ¿es así? El proyecto es medioambiental.

Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Marc Masmiquel Mendiara

Diseñador y consultor de proyectos de cooperación

Trabaja en:

Asesor particular

02.12.11

Hola Ana,
Quien redacte no tiene ninguna obligación de estar dados de alta en tanto que ese no sea un servicio que os haga y vosotros (desde vuestra entidad) le remuneréis.

Dentro de lo habitual y con la práctica de haber elaborado y redactado muchos proyectos (ámbito de cooperación y paralelamente de aspectos medioambientales, agendas 21, etc.) nunca había oído cosa semejante.

Además conceptualmente hay unas fases lógicas: el proyecto se redacta para ser presentado para una convocatoria determinada, esa convocatoria pone lo límites y determina en muchos aspectos el denominado EML (esquema del marco lógico) y la propia redacción. Los gastos de elaboración (redacción) del proyecto en si mismos pueden contemplarse dentro de unos parámetros porcentuales variables (sobre el 3-6% s/t) según determine la convocatoria, como gastos indirectos de la entidad solicitante. Normalmente se hace voluntariamente, para poder optar a la financiación, y una vez conseguida se re-calcula ese porcentaje en función del monto aprobado.

Por todo lo expuesto, queda claro que dicho trabajo es realizado por una entidad no lucrativa, aún pudiendo recibir algo por ese trabajo, que normalmente se re-invierte en los gastos comunes de la ONL.

En breve, otros asesores matizarán lo que te comento, pero puedo adelantarte que la casuística común para “redactar” el proyecto no implica si la efectúa una ONL/ONG (que ya tiene figura fiscal con su CIF acabado en “G”)que la deba hacer un profesional autónomo, a menos que estáis optando a complejas convocatorias de ámbito internacional y vuestra junta haya decidido contratar servicios profesionales…

En cualquier caso, no es obligatorio para ese supuesto.

Un saludo, y suerte.

Marc

PS: En sintonía con los objetivos de vuestra entidad os mando un diseño que hice sobre la necesidad de reutilizar.

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#2

Opinión anónima

02.12.11

Hola Ana Isabel,
En mi opinión, la condición para tener que darse de alta de autónomos es la realización de actividad profesional o empresarial. Es decir, si va cobrar por el trabajo o el asesoramiento.
Si es asi tendra que dearse de alta en IAE (Hacienda) y autonomos, Si no es asi, si el trabajo es voluntario, habra que estar a las condiciones que tengais con los voluntarios de vuestra entidad.
A mejor opinon,
Saludos,
Conrad

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#3

Aportada por:

Barbara Pascual Llorca

Analista contable, financiera y de estartegia desarrollo

Trabaja en:

Asesor particular

10.12.11

Hola Ana Isabel,

Totalmente de acuerdo con mis compañeros, si la persona que os ayuda u os redacta el proyecto lo hace de forma voluntaria no se tiene en ningún caso que dar de alta de autónomos puesto que no cobra por el servicio.

un saludo

solucionesong.org
Un proyecto de