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Consultas Online

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Contabilización de compra de mobiliario para un proyecto específico subvencionado

03.01.19

Hola. Tenemos concedida una subvención para un programa de Atención Humanitaria, que incluye como conceptos subvencionables personal, consumibles,ayudas a beneficiarios, etc. pero además la adquisición de mobiliario. Hemos comprado ya los muebles necesarios para el piso de acogida y ese gasto se aplica directamente a esa subvención, la cual tiene un periodo concreto de ejecución de septiembre 2018 a abril 2019. La duda surge a la hora de contabilizar ese gasto, ya que no sé si aplicar directamente el gasto total a dicho programa n el año 2018, si hay que llevar alguna amortización que coja los dos ejercicios. Como será la contabilización, si es necesario realizar esa amortización o no es necesario. Gracias

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Marc Masmiquel Mendiara

Diseñador y consultor de proyectos de cooperación

Trabaja en:

Asesor particular

03.01.19

Buenos días,

La consulta que planteas ya ha sido planteada en diferentes comentarios de los compañeros asesores. Lo mejor en este caso es revisar qué se asesoró en dichos casos.

Conceptualmente “la amortización es la depreciación real de los bienes que sufren el inmovilizado. O de otra manera, el traspaso a resultados de los costes de la utilización de esos activos.”

Grosso modo, tanto por la practicidad contable y la casuística operativa de tu cuestión te recomiendo que revises estas preguntas y respuestas asociadas, he seleccionado tres.

> Consulta/Respuesta 1: enlace

> Consulta/Reespuesta 2: enlace

> Consulta/Respuesta 3: enlace

Entre las consultas reseñadas y los posibles aportes posteriores a esta cuestión considero que podrás resolver la cuestión de contabilidad que planteas.

Recibe un cordial saludo y feliz año nuevo,

Atentamente,
Marc Masmiquel

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#2

Excelente

Aportada por:

Fran Virues Avila

FRAN VIRUES AVILA

Trabaja en:

Asesor particular

08.01.19

Hola,

Como apunta mi compañera hay respuestas previas que se pueden aplicar a vuestra duda sobre el Mobiliario.
El enlace 3 habla de la imputación a gasto de la amortización del inmovilizado (mobiliario) y luego la distribución de los ingresos por subvención a mobiliario en función del ritmo de amortización de dicho inmovilizado.
Las cuentas a emplear serían:
(216) Mobiliario a Bancos c/c (410/572) (compra de mobiliario)
(681) Dotación Inmovilizado a Amortización Acumulada (281)

Por la contabilización de la subvención para mobiliario:
(572) Subvención a Subvención a distribuir (130/131)
Por la imputación a resultados (según ritmo de amortización del bien)
(130/131) Subvención a distribuir a Subvención a resultados (775)

*El coeficiente máximo para mobiliario según tablas fiscales de Hacienda es de un 10 %

(Atendiendo a la norma 21ª Subvenciones, donaciones y legados del PGC adaptado a las ESFL y Plan General Contable de ESFL )

Espero haber sido de ayuda, un saludo.

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#3

Respuesta del participante:

18.01.19

Muchas gracias, nos han sido muy útiles los comentarios

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