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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Raquel Martín Pozas

Pros y contras del ámbito territorial en los Estatutos de una Asociación, considerando el acceso a subvenciones públicas y la fiscalidad

20.09.04

Queremos constituirnos en Asociación, y dudamos acerca del ámbito de actuación más adecuado, de cara a las subvenciones públicas y al régimen fiscal.

La sede está en Madrid y la mayoría de las actuaciones serán en dicho municipio.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Bertha Argueso Herrmann

Protectora de animales y plantas

Trabaja en:

Asesor particular

21.09.04

DE CARA A LAS SUBVENCIONES TE INTERESA QUE EL AMBITO SEA EL DE TU COMUNIDAD AUTONOMA. YA QUE ACTUALMENTE LAS SUBVENCIONES SE TRAMITAN A TRAVÉS DE LAS COMUNIDADES. SI FUERAS DE AMBITO NACIONAL TENDRIAS PROBLEMAS PARA OPTAR A SUBVENCIONES TU COMUNIDAD. POR EXPERIENCIA TE DIGO QUE MEJOR QUE SEAS SOLO DE AMBITO COMUNITARIO.

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#2

Aportada por:

Montse de Paz

Fundación ARSIS

Trabaja en:

Asesor particular

21.09.04

Para gestiones y trámites, así como para recibir subvenciones de la comunidad, es mejor el ámbito autonómico. De todas maneras, si prevéis que podéis crecer y participar en programas de ámbito nacional o incluso en proyectos europeos o internacionales, os interesa que vuestro ámbito sea el más amplio posible, dentro de vuestra realidad. Como entidad tendréis un registro a la vez autonómico y nacional. Así que, tal vez de cara a un futuro, os interese pertenecer a un ámbito mayor.

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#3

Opinión anónima

22.09.04

Estimada Raquel:

El ámbito de actuación es fundamental en el momento de acceder a determinadas subvenciones. Es por ello que debéis tener muy claro que si tan sólo vais a actuar en una Comunidad, en los estatutos debe quedar reflejada esta circunstancia.

Sin embargo tienes que tener presente que este hecho implica que no podéis desarrollar actuaciones en otras comunidades autónomas a no ser que creárais una nueva asociación allí donde queráis intervenir.

Otra posibilidad es que el ámbito sea nacional y crear delegaciones en las comunidades autónomas donde vayáis a desarrollar vuestra actividad. En este caso deberéis tener muy presente la legislación de cada autonomía y la exigencia o no de inscripción en sus respectivos registros.

Un cordial saludo.

“Esta consulta no tiene carácter vinculante”.

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