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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Rosario Gonzalez Atienza

¿Debemos dar de alta a pensionistas que impartirán charlas de concienciación? ¿Hay algún régimen especial de Seguridad Social para este caso?

20.11.18

Hola:

Tenemos algunas dudas sobre cómo dar de alta en la Seguridad Social a personas con pensión por gran invalidez o absoluta. El alta se haría para que impartan charlas de concienciación en seguridad vial en autoescuelas.

Cada autoescuela pagará el coste de la hora de charla, con la retención adecuada para del IRPF. No existe relación laboral, ni contrato, ni horarios o días fijos de trabajo. Se hará en varias autoescuelas, por lo que habría varios pagadores.

Nuestra pregunta es: ¿Se les tiene que dar de alta en algún régimen especial de la seguridad social?

Además, si son pensionistas y tienen su pensión, ¿sería suficiente que con el pago de cada hora de intervención en los cursos que imparten se les haga la correspondiente retención? ¿O es obligatorio que cada autoescuela les dé de alta por estas charlas en la seguridad social, aunque sean pensionistas y no tengan relación laboral con dichos centros?

Muchas gracias de antemano por vuestra atención. Un saludo.

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