Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

carlos martinez

¿En qué concepto debemos pagar a los ganadores de este concurso de carnaval?

07.03.17

Hola,

Somos una Asociación Cultural sin ánimo de lucro que organizamos un concurso de coplas de carnaval donde a los ganadores a criterio de un jurado, otorgamos premios por dicha interpretaciones, con lo cual queríamos saber en qué concepto debemos pagar dichas cantidades, es decir, si como premio o como actividad económica.

En el caso segundo, ¿Nos tendrían que hacer factura? ¿Estarían sujetas a IVA?

En la celebración de dicho concurso cobramos unas entradas, la cuales considero que se trata de una actividad económica que tenemos que declarar (precio butaca con IVAincluido) tanto su IVA como el resultado de la misma en sociedades.

Al mismo tiempo explotamos un ambigú en el teatro, la cual también creo que se debe establecer como actividad económica. Recibimos un patrocinio de una marca comercial para ser publicitada en local y cartelería, a la cual le hemos hecho un factura con IVA que debemos declarar como ingreso.

Teniendo en cuenta toda esta actividad tendremos unos ingresos por patrocinio, venta de restauración y taquilla, a la que podremos quitar premios y demás gastos concretos de estas actividades.

Ruego me aclaren si nuestra interpretación es correcta.
Unido a la actividad anterior, organizamos el carnaval en la calle, mediante una subvención que nos da el ayuntamiento, lo cual consideramos que no debe estar sujeto al IS por destinarse a los fines de la asociación y repercutir todo en sus actividades.

Del importe concedido por el consistorio otorgamos unos premios a los mejores disfraces, ¿nos tendrían que hacer factura con IVA y retención las personas físicas que ganen los mismos?.

Gracias por su repuesta y perdonen por tantas cuestiones.

Compárte en las redes sociales
solucionesong.org
Un proyecto de