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Consultas Online

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Consulta formulada por:

¿Existe alguna limitación en el porcentaje de una donación que puede imputarse a un salario a comisión?

09.06.05

Nuestra asociación ha contratado a una persona que se encargará de la captación de fondos de empresas. El sueldo de esta persona será proporcional a la cantidad de donaciones que consiga.

Nuestra pregunta es ¿existe alguna limitación en el porcentaje que nos está permitido pagarle por cada ingreso que consiga?.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

15.06.05

Supongo que le habeis hecho un contrato laboral y le habeis dado de alta en la seguridad social, pues es requisito imprescindible si trabaja bajo vuestro mando, pues los contratos mercantiles se hacen entre profesionales. Aclarado este punto, le expresaré mi opinión.
Por ley tiene que tener un salario mínimo garantizado todos los meses que no puede ser inferior al S.M.I., en proporción a las horas trabajadas. A partir de ahí, no pienso que haya límite para pagar comisiones, sólo existe un límite máximo de cotización que no podrán superar. Espero haberles servido de ayuda. Un saludo.

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#2

Opinión anónima

15.06.05

No existe un límite máximo legal para las comisiones. No obstante, lo razonable sería que ustedes establecieran los COSTES DE FUNCIONAMIENTO repercutibles por CADA 100 EUROS de ingresos recibidos por su ESAL (ya sea mediante un SISTEMA DE CONTROL PRESUPUESTARIO, es decir PREVISIONAL; ya sea mediante un SISTEMA DE CONTROL DE COSTES, es decir sobre DATOS HISTÓRICOS).

Una vez definidos los GASTOS DE FUNCIONAMIENTO REPERCUTIBLES (entendiendo que en los mismos se incluyen los de funcionamiento en sí mismos y los de ATENCIÓN A LOS FINES PROPIOS DE LA ESAL), las COMISIONES nunca deben superar la diferencia entre los 100 EUROS DE INGRESOS (módulo de referencia) y los GASTOS REPERCUTIBLES.

Si además de los GASTOS CORRIENTES imputan sobre los INGRESOS las necesidades de REINVERSIÓN (amortizaciones), las de INVERSIÓN FUTURA (mantenimiento y crecimiento), las de CAPITALIZACIÓN, etc; el límite de las COMISIONES será la diferencia entre 100 Euros de INGRESOS y la totalidad de las CARGAS REPERCUTIBLES.

Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. No dude en formular nuevas consultas para resolver sus dudas. Un atento saludo.

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#3

Opinión anónima

16.06.05

La cuantía de las comisiones es la libremente acordada entre empresa y trabajador, en el caso de que la citada cuantía no se hubiera pactado, será la que determinen los usos y costumbres locales en la respectiva actividad.
El salario mínimo interprofesional en cómputo anual será la garantía mínima de cobro en el que caso de que el salario pactado estuviera constituido solo por la comisión.

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#4

Opinión anónima

01.07.05

Estimada Fidela:
Efectivamente, tal como y señalan los colegas no existen límite para la parte variable a pagar en caso de obtención de una subvención. Sin embargo has de tener en cuenta que en estos casos la parte fija del salario suele ser más o menos limitada, para que sea un aliciente para el trabajador el conseguir los recursos de los cuales va a obtener una parte sustancial de su remuneración, variable que puede ser superior a la parte fija.
Es bueno fijar por anticipado unos objetivos a alcanzar y fijar la remuneración en función de tales objetivos.

Un cordial saludo.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.

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