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Consultas Online

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Voluntariado en otros países

19.11.19

Buenos días,

En el caso de que el proyecto de voluntariado se promueva desde una empresa española pero tenga previsto tener voluntarios/as de otras ciudades no españolas, ¿a qué legislación debe acogerse la entidad? ¿Debe incluir en el acuerdo con el voluntario/a que los conflictos se resolverán por la ley española? Muchas gracias.

Un cordial saludo.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

19.11.19

Entiendo que si la actividad de voluntariado se desarrolla en un país extranjero con voluntarios de ese país, será la normativa de este país la que regirá las relaciones entre el voluntario y la entidad de voluntariado. Por otro lado considero que una cláusula de remisión de conflictos a la jurisdicción española no resultará en absoluto operativa para los conflictos que se produzcan en el otro país, pues la jurisdicción que resulte competente no puede ser objeto de negociación entre particulares.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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