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Consultas Online

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Cambio Junta Directiva

28.06.19

Hola, tengo una duda. Hace un par de meses en Asamblea General se decidió, el cambio de la Junta Directiva de la asociación. Para reigistrarla en el Registro de Asociaciones,que creo es una obligación, ademas del certificado del Acta de la Asamblea firmadas por el Secretario y el Visto Bueno del Presidente, hay que hacer otro certificado con todos los miembros salientes y entrantes de la Junta firma de cada uno de ellos.
Bien mi duda es que, me es imposible reunir a todos los miembros salientes y entrantes de la Junta, para estampar su firma debido a la distancia geográfica de algunos de ellos.

He leído, que el Secretario podría hacer una declaración, diciendo que las firmas de todos los miembros de la Junta saliente y entrante, se encuentran en el archivo de la asociación. Dar veracidad a este hecho por parte del Secretario y junto con el Certificado del Acta dela Asamblea se podrían dar de alta en el Registro de Asociaciones.

Si no fuera así, os pediría me dierais la solución al respecto.

Muchas Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

29.06.19

En relación con la consulta establecida, paso a informarle lo siguiente: en primer lugar, la cuestión que nos traslada versa sobre la imposibilidad de reunir las firmas de todos los miembros del órgano de representación asociativo, tanto entrantes y salientes, debido a la distancia geográfica de algunos de ellos, a los efectos de llevar a cabo la oportuna inscripción en el Registro de Asociaciones donde se encuentre inscrita vuestra entidad no lucrativa.
Al respecto, lo deseable sería que firmaran todos los cargos salientes y entrantes, a los efectos de evitar cualquier tipo de desacuerdo entre los cargos salientes y entrantes con respecto a la validez de la votación de la Asamblea General que aprobó dicha renovación, pudiendo utilizarse, v.gr. utilizar un servicio de mensajería para recabar dichas firmas.
En caso de imposibilidad absoluta de recabar las firmas referenciadas, en mi opinión, antes de llevar a cabo la presentación de la solicitud de modificación de los miembros del órgano de representación ante el Registro de Asociaciones donde se encuentre inscrita, a nivel de publicidad registral, vuestra entidad no lucrativa, a los efectos de evitar cualquier controversía jurídica en el seno asociativo, la solución mas factible sería elevar una consulta por escrito a dicho registro público, en el cual os indique por escrito cómo debéis actuar para que la inscripción registral sea conforme a derecho.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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