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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Anabel Cumbreño

¿Cómo debemos contabilizar el gasto en maquinaria del importe de una subvención, siendo posteriormente aportada esa maquinaria a una empresa?

29.03.07

La asociación recibe una subvención, que invierte en adquirir una serie de maquinarias. Posteriormente se asocia en la creación de una nueva empresa (S.L.) y para ello aporta, en lugar de capital, la maquinaria que adquirió con la subvención y que es primordial para el funcionamiento de la empresa. ¿Qué asientos contables son los que tendría que realizar?


Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Enrique Rua Alonso de Corrales

Profesor de contabilidad de la Universidad CEU San Pablo

Trabaja en:

Asesor particular

30.03.07

Estimada Anabel, intento explicarme despacio porque la operación es algo mas compleja.
Por una parte imagino que no teneis problemas a la hora de contabilizar la subvencion, es decir, ya teneis recogido en vuestro activo la maquina adquirida valorada por su precio de adquisición y amortizada parcialmente en función de su vida util, desde la fecha de la adquisición hasta el momento actual, por otra parte debereis tener en el pasivo del balance la cuenta (130) Subvencion oficial de capital que recoge el ingreso diferido, y por tanto hasta el momento esa subvención la estais imputando a resultados (llevando a ingresos) en función de la amortización de las maquinarias.
Actualmente entregais las maquinarias a una constitución en una SL recibiendo a cambio participaciones de capital en la misma (activo financiero), esta operación está regulada por el ICAC en un resolución del año 1996, se trata de una aportación no dineraria al capital de una sociedad. Se trata de una permuta de bienes donde vosotros entregais un bien de inmovilizado (el cual debeis dar de baja del balance) y a cambio recoger como activo financiero la participacion en el capital (cuenta (250) IFP en capital), dicha inversión deberá ser valorada por el importe menor entre el valor neto contable de las maquinarias entregadas (Precio de adquisición - amortización acumulada) y el valor que se le ha asignado a dichas maquinas en la sociedad receptora (SL) y por lo que ha cambio habies recibido las participaciones sociales. Fijate que debereis coger el importe menor por lo que contablemente nunca habrá beneficio en la operación (aunque el VNC de la maquina sea inferior del valor de las participaciones) y si puede haber perdida (VNC de la maquina sea mayor que el de las participaciones).
Por otra parte que debereis hacer con la subvención? logicamente ésta se imputa a medida que amortizais la maquinaria pero como ya la maquinaria la habeis entregado debereis llevar a resultados el importe restante de la subvencion de la maquina entregada que aun no habiais llevado a ingresos.
No se si te habrá quedado claro, si tienes alguna duda o quieres profundizar o preguntar mas mi correo es ruaalo@ceu.es.
Recibe un cordial saludo
Enrique Rúa
Profesor de contabilidad de la Universidad CEU San Pablo

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