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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Carmen Ruiz Cortina

¿Cómo debemos contabilizar una factura?

11.04.07

La Diputación nos concede una subvención para la realización de un curso formativo, publicado en el diario oficial, pero luego nos pide una factura emitida por nosotros por la misma cantidad.


¿Cómo tenemos que contabilizar esta factura?, ¿de la misma forma que la subvención o seria como un usuario?. ¿De la 47 a 130 o de la 446 a 720?.


Muchas gracias por vuestra ayuda.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

13.04.07

la contabilización seria:

440 por la base
a 477 si tenéis que presentar IVA
a 705 In gresos por prestación de servicios

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#2

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

16.04.07

Si la Diputación os concede una subvención, no entiendo cómo os pide una factura por ese importe; La factura se emite cuando se venden bienes o se presta un servicio; si os exige factura, no se os está concediendo una subvención, sino que se estaría pagando un servicio que se justifica con la emisión de la factura.

Yo entiendo que sería conveniente que aclaráseis esta circunstancia con la Diputación, pues existen otros medios para justificar el destino y la materialización de la subvención, sin que sea correcta la emisión de la factura, pues no refleja la verdadera naturaleza de la operación.

No obstante, si al final emitís la factura, al haber irá la correspondiente cuenta 700 de ingreso y al debe la 430 del cliente, o directamente el banco; si la operación llevase IVA, cosa que no creo al tratarse de cursos de formación, habría que reflejar también al haber la cuenta 477 de IVA repercutido.

Según entiendo.

Juan González Martín-Palomino.
gonzalezpalomino@icacr.com

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#3

Opinión anónima

27.04.07

Estimada Carmen:

Coincido plenamente con Juan cuando señala su perplejidad por el hecho de que una Administración que os ha concedido una subvención, posteriormente os pida que emitáis una factura. Si os concede la subvención debéis presentar las facturas que justifiquen el gasto realizado con los fondos percibidos ya para el que os fue concedida la subvención.

Otra cosa es que emitáis una factura a la Administración. En este caso estáis facturando un servicio que se supone le habéis prestado.

Os aconsejo que os pongáis en comunicación con ellos para aclarar este punto.

Un cordial saludo.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.

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