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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Clara Rodríguez García

¿Cómo debemos hacer la contabilidad en nuestra asociación?

27.09.12

Hola,

¿Cómo debo proceder en una asociación muy pequeñita que no tiene apenas asientos contables, que difunde los objetivos de la entidad y sí vende libros?

¿Debemos presentar las cuentas del ejercicio?

¿Qué pasa si sólo llevamos las cuentas en plan ingresos y gastos y nada más?

Gracias

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

29.09.12

Su Asociación deberá de llevar la Contabilidad según lo dispuesto en los Artículos 4 y 5 del REAL DECRETO 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para
microempresas.

Es decir, según el Plan General de Contabilidad para PYMES pero teniendo en cuenta los criterios establecidos de forma específica para las denominadas como Microempresas.

Los requisitos para poder aplicar la normativa específica de Microempresas son los siguientes:

Activo <= 1.000.000 Euros
Cifra Anual de Negocio <= 2.000.000 Euros
Número Medio de Trabajadores <= 10

Puesto que indica que su Asociación es “muy pequeña”, seguro que cumple al menos DOS de los requisitos anteriores. Así pues, su Asociación deberá de preparar Cuentas Anuales adaptadas a los modelos incluidos en el PGCPYMES, incluyendo la correspondiente Memoria Abreviada.

En cuanto a la llevanza de la Contabilidad, deberá disponer obligatoriamente de un Libro Diario y de un Libro de Inventarios y Balances que podrá cumplimentar mediante cualquiera de los muchos programas existentes en el mercado para tal fin.

Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. Formule nuevas consultas para resolver sus dudas. Un atento saludo.

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#2

Opinión anónima

01.10.12

Hola Clara,
Si la Asociación está declarada de utilidad pública está obligada a aplicar el PGC adaptado a ESL (RD 1419/2011).

Si no sois declarada d utilidad pública y no desarrollais actividad mercantil, atendiendo a la Ley 1/2002, Derecho de Asociación, artículo 14, debeis “disponer de una relación actualizada de sus asociados, llevar una contabilidad que permita obtener la imagen fiel del patrimonio, del resultado y de la situación financiera de la entidad….” Es decir, no señala ningún procedimiento concreto, solo obliga a llevar un control económico, por lo que puede ser mediante un Excel.
Siendo la contabilidad una importante herramienta de gestión, en la medida de vuestros recursos, siempre es recomendable aplicar las normas del PGC, aunque no se esté obligado.

Un saludo
Salvador
puche29blog

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#3

Opinión anónima

01.10.12

Completo mi respuesta. Entendiendo la venta de libros como actividad mercantil, y vuestro caracter social, debeis aplicar el PGC adaptado a ESL. Este plan permite registrar operaciones mercantiles y operaciones con fines sociales, no lucrativas.
Un saludo
Salvador

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#4

Respuesta del participante:

Clara Rodríguez García

01.10.12

Muchas gracias por vuestras respuestas.
¿Qué precio puede tener el que una gestoría se encargue de esta contabilidad que nosotros no sabemos llevar?
Un saludo,
Clara.

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#5

Opinión anónima

03.10.12

Hola Clara, existen programas gratuitos para llevar este tipo de contabilidades, si el problema es que no conoces de contabilidad y como dices la asociación es pequeña,

Yo me ofrezco a llevartela de forma gratuita, para ello tendrias que enviarme un correo, hablar por skype, para darte acceso a un programa y darte las pauta para que puedas introducir los documentos, porque los asientos se generan de forma automatica,

Un abrazo

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#6

Opinión anónima

10.10.12

Buenas Días, Soy José Luis. Somo una asociación sin ánimo de lucro y necesitamos informatiza la parte contable, y era para ver si puedes colaborar con nosotros en este tema de puesta en marcha.

www.clubatletismoperceiana.es

solucionesong.org
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