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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Carlos Agüí Fuentes

¿Cómo se contabilizan los convenios de colaboración cuando la vigencia del mismo es más de un año?

05.03.06

¿Como se contabilizan los convenios de colaboración con una contraparte cuando tiene una vigencia de dos años?, y ¿como se ajustan los pagos correspondientes a cada ejercicio concreto?.
Por ejemplo, un convenio firmado el 10 de mayo por importe de 36.000€., cuyo pago realizado en 2005 es de 9.000€, y el resto se paga en 2006.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

06.03.06

Hola Carlos, para nuestras entidades, creo que es muy conveniente el princio de correlacion gasto-ingreso. Por tanto, puedes contabilizar dentro del grupo 130: Ingresos a distribuir en varios ejercicios, subvenciones, donaciones y legados, e ir imputando al resultado los ingresos por convenios de colaboración: 723, según asumas los gastos.
Saludos, Antonio Martínez Ortega
Respuesta no vinculante

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#2

Opinión anónima

13.03.06

Estimado Carlos:

En el momento en el que se firme el convenio con vuestra contraparte se genera una deuda a favor de vuestra contraparte que, en este caso es a 24 meses. Una parte de esta deuda (la que supere los 12 meses) es a largo plazo (27.000 Euros) mientras que la otra (9.000 Euros) se ha de considerar a corto plazo figurando en el balance en la agrupación Acreedores a corto plazo y, más concretamente podría ser en la cuenta 412 “Beneficiarios, Acreedores” en donde se registran las deudas contraídas por la entidad, producidas como consecuencia de las ayudas y asignaciones concedidas en el cumplimiento de los fines propios de la entidad.

Un cordial saludo.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.

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