Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Miguel Ángel Meizoso

¿Cómo se refleja la disminución de un Remanente (ocasionado por la compra de una impresora) del ejercicio anterior por su respectiva amortización?

02.07.05

Nos queda un remanente del ejercicio anterior ocasionado por la compra de una impresora. ¿Qué asiento hay que registrar para que este año el balance de situación ese remanente del ejercicio anterior refleje la disminución correspondiente debido a su amortización anual?.

Gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Respuesta del participante:

Miguel Ángel Meizoso

04.07.05

Quisiera precisar mi propia consulta: parece por otras respuesta en este mismo forum que no debería figurar ningun REMANENTE en entidades sin fines de lucro como la nuestra. Pregunto: ¿sería la solución efectuar un asiento para transferir este excedente a la cuenta de Fondo Social (101) por compra de bienes inmovilizados? Gracias por vuestra consideración.

avatar
#2

Opinión anónima

04.07.05

No entiendo qué relación puede existir entre la ADQUISICIÓN de un elemento del Inmovilizado y la aparición de un REMANENTE.

1º. Para que exista REMANENTE debe existir con anterioridad SUPERÁVIT.

2º. La ADQUISICIÓN ONEROSA de un elemento del ACTIVO no genera ni Superávit ni Déficit.

3º. Si se trata de una ADQUISICIÓN A TÍTULO GRATUITO (DONACIÓN) la contrapartida no sería RESULTADO DEL EJERCICIO sino la partida “(131) Donaciones y legados de capital”.

avatar
#3

Respuesta del participante:

Miguel Ángel Meizoso

04.07.05

Gracias. Preciso el problema:
Cuenta de Resultados 2003 y 2004 muestran excedentes, ellos “coinciden” con monto de impresora (2003) y en 2004 el excedente 1.231 euros “coincide” con la sumatoria de herramientas, muebles de oficina, una cámara digital, libros y el efectivo de caja.
Nos aseguran dos entidades a las que estamos asociados que los excedentes son el resultado correcto de las cuentas anuales. Nuestra dificultad es: Hemos llevado cada excedente anual a la cuenta 120 REMANENTE. ¿Es correcto ese asiento? Si lo fuera ¿contra qué cuenta cargamos luego el Remanente (120)? La información reunida sugiere un asiento llevándo el REMANENTE al FONDO SOCIAL . Si esa fuera la solución correcta nos quedarían dos dudas: a) ¿cómo reflejar después las amortizaciones importes en el Fondo Social, en ejercicios sucesivos? y b)
Si un remanente se transfiere al Fondo Social ¿se requiere un documento notarial?.
Disculpen nuestra ignoracia, gracias por ayudarnos. AmigosdeBorges.net

avatar
#4

Opinión anónima

04.07.05

No se si entiendo bien, pero pienso que..si ustedes tienen unos excedentes positivos, estos deben ir a “Reserva para Cumplimiento de Fines” y gastarlo en los 4 años siguientes, o/y a incrementar la Dotacion Fundacional…
¿Que tiene que ver la compra de inmovilizado? con los excedentes de ejercicios anteriores. Ustedes compren lo necesario y a final de año ya ajustaran su “resultado”.

avatar
#5

Opinión anónima

05.07.05

Estimado Jorge Luis:

Creo entender que en vuestra asociación, tal vez guiados por el equilibrio de la tesorería, os encontráis con que el excedente que tenéis a final de año coincide exactamente con las inversiones realizadas: con vuestros ingresos del año financiais la totalidad de los gastos más los pagos por inversión que no suponen gasto.

En estos casos te encuentras con que trasciende al balance la inversión, en el activo, y el remanente, en el pasivo, por igual importe ambos, . En ese momento te planteas la siguiente pregunta: ¿conforme se deprecie la inversión en el activo, debo reducir el remanente? la respuesta sería no, no debes reducirlo con ningún asiento especial dado que ya se reduce por si mismo: la propia amortización merma el resultado del ejercicio en que se produce y se une a los remanentes de ejercicios anteriores dentro de Recursos Propios, en el pasivo del balance.

Espero haber respondido a tu primera pregunta.

Con relación a tu segunda pregunta, en términos generales, una entidad no lucrativa SÍ puede tener excedentes positivos. Naturalmente que sí, lo que no puede es distribuirlos como quien reparte dividendos en una empresa.

Un saludo

Aitor

avatar
#6

Opinión anónima

06.07.05

Estimado Miguel Angel:

En primer lugar insistir en que una asociación o una fundación genera excedntes en aquellos casos en los que los ingresos superan a los gastos. Lo que no puede es repartirlo entre los asociados o lo patronos sino que ha de reinvertirlo en la actividad en la forma que establece la legislación vigente. La prueba es que existen cuentas para recoger este excedente como son la 120, la 121 o la 129. Insisto en el caso de que el excedente sea positivo será el órgano de gobierno de la entidad el que decida su distribución de acuerdo a lo establecido en la ley.

Cosa muy distinta es la compra de un activo fijo, como es una impresora, movimiento que se ha de registrar en la cuenta 226 “Equipos para procesos de información” y a la 570 “Caja” o 572… “Bancos e instituciones de crédito”…El movimiento podría ser por ejemplo:

Cargo: Equipos para procesos de información
Hacienda Pública, IVA soportado
Abono: Caja

Por lo que respecta a la amortización anualmente se contabilizará de la siguiente forma:
Cargo: Amortización del inmovilidad material (682)
Abono: Amortización acumulada del inmovilizado material (282)

Un cordial saludo.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.

avatar
#7

Respuesta del participante:

Miguel Ángel Meizoso

12.07.05

Muchas gracias. La consulta quedó cerrada.
www.Amigos-de-Borges.net

solucionesong.org
Un proyecto de