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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Fernando Vico León

¿Con cuanta antelación debemos comunicar las juntas ordinarias o extraordinarias en el caso de que los estatutos no lo reflejen?

26.03.16

Hola,

Tenemos una asociación sin ánimo de lucro y en los estatutos no nos especifica con cuanta antelación hemos de comunicar las juntas ordinarias o extraordinarias de esta a los socios. Por ello. ¿Con cuanta antelación debemos hacerlo en este caso si en nuestros estatutos no lo refleja?

Gracias

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

29.03.16

Buenos días, Fernando.

La cuestión que comentas se prevé de forma expresa en la LO 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

Si los Estatutos no lo disponen de otro modo, la Asamblea General se constituirá válidamente, previa convocatoria efectuada quince días antes de la reunión, cuando concurran a ella, presentes o representados, un tercio de los asociados, y su presidente y su secretario serán designados al inicio de la reunión.

Asimismo, y a efectos de convocatoria de la Junta, es interesante tener en cuenta lo siguiente:

  • La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la asociación, integrado por los asociados, que adopta sus acuerdos por el principio mayoritario o de democracia interna y deberá reunirse, al menos, una vez al año (artículo 11.3 LO 1/2002).
  • Sin perjuicio de lo anterior, la Asamblea General se convocará por el órgano de representación, con carácter extraordinario, cuando lo solicite un número de asociados no inferior al 10 por 100 ((artículo 12 LO 1/2002).
  • Los acuerdos de la Asamblea General se adoptarán por mayoría simple de las personas presentes o representadas, cuando los votos afirmativos superen a los negativos. No obstante, requerirán mayoría cualificada de las personas presentes o representadas, que resultará cuando los votos afirmativos superen la mitad, los acuerdos relativos a disolución de la asociación, modificación de los Estatutos, disposición o enajenación de bienes y remuneración de los miembros del órgano de representación.

Espero haber resuelto tu consulta.

Saludos.

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