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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Eva Patricia Pedreira Albertino

Consulta sobre el modelo 182

26.01.04

Somos una asociación declarada de utilidad pública y estamos acogidos a la Ley 49/2002. La asociación tiene varios tipos de asociados.

Los padres que tienen a sus hijos atendidos en la asociación pagan una cantidad por prestación de servicios y otra cantidad que les da derecho a tener voz y voto en las asambleas, según los Estatutos. ¿Esta última cuota tenemos que incluirla en el modelo 182?.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

26.01.04

Hola Eva:
Segun la nueva Ley 49/2002 a la que vosotr@s estais acogidos y en su artículo 17 menciona que puede ser objeto de donacion varios bienes o derechos, y entre ellos destacar el que tú preguntas que sería, y cito textualmente segun tu pregunta: “...y otra cantidad que les da derecho a tener voz y voto en las asambleas, según los Estatutos”, esto es en mi modesta opinión Cuotas de afiliación que no se corresponde con el derecho a percibir una prestación presente o futura, ya que ell@s pagan otra cantidad para que sean atendidos sus hij@s; por lo tanto al ser cuota dinerarias la base de de deducción será también el importe anual de las cuota satisfechas; estas representarán para vuestra Entidad que ls recibe exentas de tributación al corresponder a ingresos derivados de vuestro objeto o finalidad especificia, y por lo tanto no se consideran rentas originadas por explotaciones económicas.
En fin espero haberte aclarado algo más
Un Saludo,
Roberto Durán
rduran@ya.com

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#2

Opinión anónima

27.01.04

Las cuotas que denomina como “con derecho a voz y a voto”, son cuotas de afiliación que no se corresponden con una prestación presente o futura. Según establece la Ley 49/2002 de mecenazgo estas cuotas, son objeto de deducción de la cuota íntegra el 25% de las cantidades abonadas o al 35% cuando dicha cuota sea abonada por una empresa( artículos 18, 19 y 20 de la Ley de Mecenazgo). Para poder practicarse este tipo de deducciones por parte de sus afiliados deberá incluir en el modelo 182, las cantidades entregadas, así como expedirles un certificado a los interesados en practicarse este tipo de deducciones.

Esta respuesta no es vinculante.

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