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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Isabel Moreno

Contabilidad de una actividad formativa que realizamos como ejecutantes

23.07.10

Dentro de nuestros fines, está la función de formación. Es decir, realizamos cursos de formación que desarrollamos gracias a un importe que nos concede otra entidad en calidad de colaboradores (teniendo un contrato firmado con dicha entidad).

El beneficiario de la subvención es esta otra entidad, la cual distribuye el dinero que recibe para formación entre sus asociados y colaboradores y nosotros somos los ejecutantes. Pero nosotros ni recibimos importe alguno, ni tenemos ningún gasto que pase por nuestra tesorería ni por contabilidad.

La duda es que finalmente en nuestras cuentas anuales no hay un reflejo de dicha actividad formativa que desarrollamos y la duda es ¿como podría reflejarse contablemente? Principalmente de cara a nuestros asociados que lógicamente nos solicitan esta información.

Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Ricardo Paricio

Asesor Contable www.gestioong.es

Trabaja en:

Asesor particular

26.07.10

Buenos días Isabel,

Creo que la forma mas sencilla es la de informar en la Memoria de la Asociación del importe recibido. Y de la distribución que has realizado a la otra entidad que das el dinero.

Si tus asociados te piden información siempre tendrás el contrato firmado con la entidad que te da el dinero y el contrato que vuestra Asociación tiene con el beneficiario.

Como tu bien dices:“Pero nosotros ni recibimos importe alguno, ni tenemos ningún gasto que pase por nuestra tesorería ni por contabilidad.” para que liar la contabilidad.

Saludos,
Ricardo Paricio

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#2

Opinión anónima

28.07.10

Buenos dias,
Solo una cosa, si recibis dinero de esa entidad por una suvbencion que les conceden, será porque algún gasto teneis para poder justificar el importe que os conceden de dicha subvencion, no? Si fuera asi, las cosa cambia porque si que tendría que pasar por contabilidad.
Un saludo. Paz Perez

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#3

Opinión anónima

30.07.10

Cuando hay cesión de derechos a otra entidad sin fines de lucro, se hace un contrato de cesión,
si es por el mismo importe de los gastos, o si es una cifra simbólica, o si por lo que comentas solo forman sin cobrar, pueden hacer un ingreso y un egreso por el mismo importe, con el concepto de donación, a esa entidad receptora del dinero,
porque la otra entidad, si que habrán recibido de uds, algún recibo por la actividad y si es de una subvención lo tuvo que reflejar en su contabilidad, por lo que se pueden cruzar recibos con el concepto de donación, por 1 euro.
es una sugerencia si insisten en reflejarlo, como dice la anterior opinión tienes los contratos para reflejarlo en un acta.

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