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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Mari Cruz Fraile Fernández

Contabilización de las subvenciones que se periodifican

30.06.04

Nosotros recibimos subvenciones del MTAS que se ingresan en el año corriente, pero se dispone de ellas en el año siguiente. ¿Cómo habría que contabilizalas?. No podemos llevarlo a la cuenta de ingresos al finalizar el año ya que los gastos se van a producir en el año siguiente.

Por otro lado otras subvenciones que recibimos se pueden periodificar en dos años: ¿cómo las contabilizamos?.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

02.07.04

Respecto a la primera pregunta, si el ingreso corresponde al ejercicio siguiente aunque el cobro se realice el anterior, tendríais que utilizar la subcuenta 485 Ingresos anticipados, donde contabilizareis el importe de los ingresos contabilizados en el ejercicio que se cierra, pero que corresponden al siguiente.
Respecto a la segunda según el tipo de subvención que sea irán en el grupo 13 del PGESFL Ingresos a distribuir en varios ejercicios, de modo que al cierre del ejercicio cargarás por la parte de subvención imputada como ingreso su importe correspondiente, con abono a las cuentas 725 (Subvenciones oficiales afectas a la actividad propia de la entidad imputadas al rdo. del ejercicio) o a la 775 (Subvenciones , donaciones y legados traspsados al rdo. del ejercicio)

Me gustaría haberte ayudado. Saludos

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#2

Opinión anónima

02.07.04

Marcos Seseña Solidaridad Internacional:

Cuando te conceden la subvención hay un documento del ministerio con una fecha:

En esa fecha se ha de contabilizar:
#447 derecho de cobro de la subvención
a # 131 ingresos a distribuir.
Cuando se cobra:
#572 subvencion cobrada
a # 447 “ “ “
De esta manera tienes reflejado el ingreso pero no afecta a resultados ya que está en una cuenta de ingresos a distribuir (131)

La forma en que imputes al resultado la cuenta #131 es particular de cada organización pero de modo orientativo te diré que: Al año tienes unos gastos correspondientes a esa subvención, por tanto deberías imputar tantos ingresos como gastos hayas llevado en un año a la cuenta de resultados para esa subvención.proyecto. P.E. te gastas 20000 € de esa subvención al año:

20000 # 651 gastos proyecto
a
# 572 gastos proyecto 20000

y al final del año:

20.000 # 131 imputación subvemción MTSA
a
# 725 imputación subvención MTSA.

Este asiento lo puedes hacer mensual, semestral, trimestral o anual según consideres que reflejas mejor la situación patrimonial.
Espero haber servido de ayuda. Un saludo
Marcos

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#3

Opinión anónima

05.07.04

Estimada Mari Cruz:

El tratamiento contable de subvenciones se realiza de la siguiente forma:

a) En el momento de la concesión de la subvención y por el importe concedido:
Cargo: Tesorería/Administraciones Públicas (Hacienda Pública deudora por subvenciones concedidas)
Abono: Subvenciones oficiales de capital.

b) En el caso de que dicha subvención esté instrumentalizada en deudas a largo plazo transformables en subvenciones:
Cargo: Deudas a largo plazo transformables en subvenciones, donaciones y legados
Abono: Subvenciones oficiales de capital.

c) Al cierre del ejercicio y por la parte de la subvención devengada e imputada como ingreso en el mismo:
Cargo: Subvencionesoficiales de capital.
Abono: Subvenciones oficiales afectas a la actividad propia de la entidad imputadas al resultado del ejercicio.

Si la subvención está afecta a la activiad mercantil:
Cargo: Subvenciones oficiales de capital
Abono: Subvenciones, donaciones y legados traspasados al resultado del ejercicio.

Para subvencionen que se reciben de una administración pública útilizándose la cuenta 130. En caso de que no proviniera de entidades públicas se debería utilizar la cuenta 132.

Un cordial saludo,

“Esta consulta no tiene carácter vinculante”

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