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Consultas Online

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Consulta formulada por:

María Dolores López Castellano

¿Cuándo se contabilizan los donativos, cuando se reciben o cuando se utilizan?

16.05.07

Recibimos un donativo a finales de 2006 para la compra de una cocina y su instalación. La instalación de la misma se efectuará en el próximo mes, y por tanto, el pago correspondiente.

En la declaración anual del 182, se incluyó este donativo, ¿se podría contabilizar como una partida pendiente de aplicación, porque no se da en el mismo ejercicio el ingreso y gasto ó se debe contabilizar el donativo por haberlo incluido en el 182?

Un saludo y gracias

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

17.05.07

Estimada María Dolores

En tu caso, contabilizaría el donativo en 2006, como un ingreso anticipado (485) y haría el traspaso en el ejericio en el que se produzca el gasto.

Un saludo
Santiago de la Rosa Moro

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#2

Aportada por:

Enrique Rua Alonso de Corrales

Profesor de contabilidad de la Universidad CEU San Pablo

Trabaja en:

Asesor particular

18.05.07

Estimada Maria Dolores, debes aplicar el principio del registro y del devengo. En este caso el donativo se efectuo en el año 2006 y por tanto su registro contable debe efectuarse en dicho ejercicio, por otra parte el ingreso debes de diferirlo, me explico, al ser para la adquisición de activo fijo, tendría el tratamiento contable de una subvención de capital, por lo que el ingreso debes llevarlo en el 2006 a una cuenta del subgrupo (13), valdria la (131) Subvención de capital, en el ejercicio 2007 contabilizas la cocina como inmovilizado material y a medida que la cocina la vayas amortizando, el ingreso de la subvencíón lo imputas a resultados para compensarlo.
Espero haberte servido de utilidad.
Recibe un cordial slaudo
Enrique Rúa
Profesor de contabilidad de la Universidad CEU San Pablo

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#3

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

21.05.07

Totalmente de acuerdo con la respuesta de Enrique, es un ingreso diferido, ya que se efectua en el 2006, pero su aplicación será en 2007. Respecto al 182, es correcto que lo hayas incluido, ya que la donación efectiva se produjo en 2006, pero esto no quiere decir que el ingreso se palique en ese ejercicio.
Saludos,

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