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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Estela Pérez Ruiz

¿Dónde nos tenemos que dirigir exactamente para sellar el libro de actas y de socios?

25.11.03

Estamos registrados en el Ministerio del Interior y en el Ayuntamiento de Valladolid como asociaciòn de voluntariado. ¿Dónde tenemos que sellar nuestro libro de actas y de socios?. ¿Es obligatorio tener algún libro más sellado?.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

25.11.03

En respuesta a su consulta le informamos que, conforme al decreto 1440/65, de 20 de mayo, no derogado expresamente por la Ley Orgánica 1/2002 y, en consecuencia en vigor, los Libros de Actas y de Socios deben estar diligenciados por la autoridad gubernativa; debiendo entenderse por tal, el Registro de Asociaciones en el que se encuentre inscrita la Entidad; en su caso, y según la información que nos facilita, el Registro Nacional de Asociaciones.-

Esta respuesta no es vinculante.-

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#2

Opinión anónima

28.11.03

Conforme en todos sus términos con la respuesta ofrecida por D. Juan Téllez, Asesor de la Fundación Luis Vives.

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