Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

ONG en proceso de constitución

Dudas sobre distribución de beneficios

03.09.18

Hola,

Somos 3 profes y queremos hacer una asociación para dar clases de inglés a gente con menos recursos para que pueda ser competitiva en el mercado laboral y educativo.

Tenemos algunas dudas respecto a los beneficios que podríamos obtener y cómo distribuirlos:

1. Si cobramos una cuota mensual a los estudiantes por clases, ¿podremos pagarnos de allí un salario como profesores?

2. Hasta donde tengo entendido, los socios de una organización sin ánimo de lucro no pueden ganar por sus servicios. Pero, existen casos en que hay una persona asalariada que gestiona la asociación o fundación. De este modo, en el caso de una academia de inglés constituida como asociación o fundación, ¿podría el/la presidente/a actuar como director/a de la organización y ganar un salario?

3. ¿Se podría cobrar por el servicio de clases un precio relativo en función de los ingresos de la persona beneficiaria/estudiante? Esto sería para cobrar menos a quienes menos tengan. Para ello, ¿se podría pedir una “donación obligatoria” a quien más ingresos reciba? Por ejemplo, si una persona gana 2000 euros al mes debería pagar una cuota de 40 euros, mientras que si una persona gana 700 euros al mes sólo tendría que pagar una cuota de 15 euros.

4. Si en el futuro tenemos éxito, ¿podríamos contratar a más profes? ¿Tendríamos que pagar Seguridad Social o se podría contratar de otra forma para evitarlo teniendo en cuenta la finalidad no lucrativa?

Perdón por tantas preguntas! Pensaba que sería mejor que preguntara todo a la vez. Hay que decir que este sitio es estupendo y me ha ayudado muchísimo!!

Muchas gracias! Saludos.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

José María Rodríguez Arias

Trabaja en:

Asesor particular

03.09.18

Buenos días

Lo primero, piensen si realmente quieren una asociación o lo que quieren montar no sería más adecuado con una cooperativa u otras fórmulas.

Sobre las preguntas:
1.- Sí pueden pagarse un salario, cobren o no cobren una cuota mensual a los usuarios (pueden tener otras vías de financiación).

2.- No es necesaria una «triquiñuela» (aunque sí, pueden tener un director de la academia que sea asalariado, sea o no sea miembro de la asociación). Los cargos de una asociación PUEDEN tener una remuneración (art. 11.5 de la Ley Orgánica 1/2002).

3.- No se pueden pedir «donaciones obligatorias». Están cobrando por un servicio y lo que pueden hacer es «becar» parcialmente a los que tengan menos ingresos familiares. Es más fácil, limpio y claro.

4.- Tengan o no tengan éxito, pueden contratar más profesores. No hay eximentes en la seguridad social por «fin no lucrativo» de la actividad. Las modalidades de contrato son las mismas que para cualquier academia (pueden ser laborales o con autónomos).

Un saludo

avatar
#2

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

04.09.18

Si se paga un salario hay que dar de alta al trabajador: contrato laboral, nómina y tributar en IRPF y Seguridad Social; también se puede hacer como la prestación de un servicio y el profesor debería darse de alta como autónomo con las correspondientes obligaciones fiscales para ambas partes.
En cuanto a la donación, se trata de un acto libre, voluntario y gratuito por parte del donante y sin derecho a contraprestación, el resto es el pago por un servicio

avatar
#3

Opinión anónima

05.09.18

Muchas gracias por la ayuda!

solucionesong.org
Un proyecto de