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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Francisco Martinez Medina

El vicepresidente de nuestra fundación, sustrajo varios millones de pesetas. ¿Cómo podemos retirarlo de la Fundación?

12.10.05

Nuestra fundación compró un antiguo hostal con la intención de arreglarlo, rehabilitarlo y crear un hogar para minusválidos. El que nos vendió el Hostal era un intermediario que se ofreció para “ayudarnos” a gestionar nuestro hogar, a cambio de que lo nombráramos vicepresidente, cosa a la que accedimos. Cuando nos vendió el Hostal, en la misma escrituración nos faltaron 11.000.000 de pesetas. Hubo una denuncia a la guardia civil.

Lo que realmente queremos es que salga del patronato. ¿Cómo podemos hacerlo?.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

13.10.05

Debeis consultar los estatutos para ver cómo convocar una Asamblea o Junta en la que se incluya, como orden del día, la revocación del cargo del vicepresidente. SUpongo que el presidente o la mayoría de miembros del Patronato la podrán convocar. En cuanto al quorum necesario, habrá que estar también a los estatutos y reglamento de la Fundación, que se aprueba con la escritura fundacional.

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#2

Opinión anónima

22.10.05

Lo que deben hacer es verificar en sus Estatutos y reunir el Quorum y así separarlo de su Institución ahora, porque sin duda más adelante ahaá cosas peores.

Pero con las denuncias deben armar un expediente para descalificarlo ante la asamblea, e inscribir inmediatamente esa resolución de la Asamblea ante el organismo donde se inscribieron para adquirir la personería jurídica (no les puedo dar mas detalles debido a que vivo en Ecuador, pero los trámites deben ser similares), deben dejar la constancia de la separación de esta persona ante la organización en que se inscribieron, para desvincularse de posibles perjuicios a terceros a fututo.

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#3

Opinión anónima

25.10.05





Además de lo señalado por los compañeros, debe tenerse en cuenta, que de acuerdo con la Ley de Fundaciones, los patronos responden de los daños y perjuicios causados por actos contrarios a la ley y a los estatutos. Como estamos hablando de un ilícito penal, en la denuncia, o en su caso querella que se presente, puede solicitarse la suspensión cautelar de las funciones de este miembro del Patronato.

No debe olvidarse que las fundaciones están sometidas a un Protectorado, con funciones de verificación de las actividades de la entidad y que está legitimado para ejercitar las acciones de responsabilidad contra los miembros del Patronato que hayan actuado en contra de la ley o los estatutos de la entidad.

Por último, recordaros que la competencia normativa sobre fundaciones es autonómica en la mayoría de las Comunidades Autónomas. Si vuestra fundación es de ámbito autonómico tendréis que ver si tiene asumidas estas competencias, y estar a lo que determine la ley autonómica. En todo caso, y por lo que yo conozco, no creo que en este punto difieran mucho. La ley valenciana, por poner un ejemplo, va más allá y permite al Protectorado intervenir en la fundación si observa que se ha cometido una grave irregularidad en la gestión económica de la entidad.

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