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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Angel Esparrells Gil

En el nuevo plan contable, ¿forma parte del precio de adquisición del inmovilizado los honorarios de redacción del proyecto de obra previo a la misma?

28.08.08

Nos han cedido unos terrenos y vamos a edificar sobre ellos. Hemos recibido la factura de la redacción del proyecto y si nos atenemos al plan contable de empresas constructoras (que no sé si sigue en vigor dado el nuevo plan) en el apartado de normas particulares inmovilizado material (ya que el plan de las ONG no lo recogía):

Construcciones - en las construcciones, tanto las destinadas a uso propio como a explotación en arrendamiento, formarán parte de su precio de adquisición …......... y los honorarios facultativos del proyecto y dirección de obra. ¿Sería esto aplicable hoy con el nuevo plan?

Gracias de antemano.

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

29.08.08

Estimado Angel,

La entidad para la que trabajo esta inmersa en la construcción de un edificio. Yo estoy contabilizando todos los gastos que genera como obras en curso y en el momento en que tengamos la cedula de habitabilidad lo pasaré a construcciones por el valor total de la edificación, incluyendo ahí todos los gastos - proyecto, licencias, impuestos, etc. -

Un saludo,

Mariano Romero

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#2

Excelente

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

29.08.08

Según el nuevo plan general contable, en su parte segunda “NORMAS DE REGISTRO Y VALORACION” en el punto 3º Normal particulares sobre inmovilizado material, el punto b) Construciones, dice Su precio de adquisición o coste de producción estará formado, además de por todas aquellas instalaciones y elementos que tengan carácter de permanencia, por las tasas inherentes a la construccion y los honorarios facultativos de proyecto y dirección de obra. Deberá valorarse por separado el valor del terreno y el de los edificios y otras construcciones.

Mariano Romero

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#3

Opinión anónima

01.09.08

Estimado Angel, tal y como responde Mariano, debes incluir todos los gastos inherentes a la construcción, incluso si la puesta en funcionamiento del edificio va a realizarse en un plazo superior a un año, se incluiran en el inmovilizado los intereses, si los hubiera, de las financiaciones recibidas.

Un saludo

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#4

Opinión anónima

03.09.08

Estimado Ángel:

Tal y como señala Mariano los honorarios honorarios facultativos del proyecto y dirección de obra forma parte del precio de adquisición de la construcción.

Un cordial saludo.

Las consultas resueltas por los asesores de la Fundación Luis Vives no tienen carácter vinculante.

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