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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Marina Rodríguez Pérez

En los estatutos se dice que para convocar Junta es necesaria la presencia de la mitad de los miembros. Si somos 5 ¿Cuál es la mitad?

08.10.16

Hola,

En los estatutos de las asociaciones dice que para convocar una junta es necesaria la presencia de la mitad de los miembros, siempre imprescindible la asistencia de presidente y secretario. Si la junta la componen 5 personas, ¿cuánto se considera la mitad, 2 o 3?

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

10.10.16

Habitualmente, para evitar ese tipo de complicaciones se fija en “la mitad más uno”, pero puesto que no habéis establecido ese mecanismo en vuestros estatutos, os sugiero una solución de consenso:

Ante la imposibilidad de fraccionar a un socio para lograr la presencia del 2,5 de vuestros directivos, podéis recurrir a la lógica matemática, cuyas reglas de redondeo ya conoces.
En este caso, quedaría en 3 socios, ya que, si el decimal es mayor o igual que 5, se incrementa en una unidad.

Igualmente, revisad vuestros estatutos, por si en los mismos se establece la sustitución puntual por otro socio en caso de ausencia de los directivos: eso os permitiría contar con una participación más amplia y representativa.

De todos modos, tanto si acordáis que el 50% es inadecuado o que se soluciona por redondeo, es conveniente que adecues normativas y reglamentos internos a la decisión que toméis.

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