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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Ana Gomez Bens

¿En qué cuenta contabilizamos las facturas relativas a cursos de formación destinados a beneficiarios?

09.07.18

Hola,

Como parte de los fines de la entidad y concretamente en cumplimiento con uno de los objetivos de uno de nuestros proyectos se contempla la medida de dar ayudas económicas a los/as usuarios/as sin recursos para realizar cursos de formación.

Cuando damos las ayudas directamente a la persona se contabiliza en una cuenta 650, pero en ocasiones es más práctico hacer la gestión directa nosotros mismos con la empresa que va a impartir la formación, la cual hace una factura a nombre de nuestra asociación y la pagamos directamente nosotros. En el concepto de la factura sí se refleja el nombre del usuario/a preceptor/a de la ayuda (1 o varios, a veces gestionamos para un grupo). ¿En qué cuenta es más correcto meterlo?

No deja de ser una ayuda pero no es monetaria directa al beneficiario final.

Gracias

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

14.07.18

Salvo mejor opinión, la cuenta (650) Ayudas monetarias es la correcta según la definición de la misma contenida en el Plan de Contabilidad de las entidades sin fines lucrativos, aprobado mediante Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

*“Importe de las prestaciones de carácter monetario concedidas directamente a personas físicas o familias, así como a entidades, y realizadas en cumplimiento de los fines propios de la entidad. También se recoge el importe de las prestaciones de carácter monetario que se realizan en régimen concertado a través de entidades o centros ajenos a la entidad; así
como el importe de las ayudas relacionadas con la cooperación internacional.
Esta cuenta podrá desarrollase a nivel de cuatro cifras atendiendo a cada tipo de ayudas: individuales, a entidades o realizadas a través de otras entidades o centros.

Se citan a título indicativo, subsidios, becas, manutención y alojamiento, premios, cooperación social y atención sanitaria. Se cargará por el importe de las ayudas concedidas, con abono a la cuenta 412 o cuentas del subgrupo 57.”*

Un atento saludo,

Adolfo T. Dochado
Consultor, Auditor y Formador

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#2

Respuesta del participante:

Ana Gomez Bens

17.07.18

Muchas gracias, la respuesta me ha sido de mucha utilidad! Saludos

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#3

Respuesta del participante:

Ana Gomez Bens

25.07.18

Ha sido una respuesta muy útil. Muchas gracias

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