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En que fase de la extinción de la fundación se otorga la Escritura Pública de extinción? Quien debe firmarla? Contenido de la misma?
25.06.25
Estamos en proceso de extinción de la Fundación por imposibillidad de cumplir el fin fundacional. Hemos recibido la ratificación del protectorado sobre el acuerdo de extinción.
Tenemos dudas sobre el momento de otorgar la Escritura, así como su contenido y firmantes de la misma:
1.- ¿Debe concurrir al otorgamiento de la escritura un representante de la Asociación a la que se adjudicarán los bienes ( y que que va a ejercer las funciones de liquidador)? o basta con la firma de la Presidenta de la Fundación?
2.- ¿Debe incluir con detalle el procedimiento de liquidación de bienes, además de la designación de liquidador?
*3.-¿En qué momento debemos cerrar la cuenta bancaria de la Fundación? En la fecha de la Escritura o en la fecha del cierre de la liquidación?
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Les agradecemos su ayuda en el proceso de extinción.
Un saludo.