Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Anabel Cumbreño

En un premio de la lotería, ¿cómo se contabiliza el dinero no cobrado por las distintas personas que colaboraron comprando participaciones?

05.10.05

La asociación, con la finalidad de obtener recursos, realizó participaciones de la lotería nacional y obtuvo un premio.

Para facilitar el cobro del mismo a los distintos participantes, el premio se ingreso en una cuenta que abrió la asociación a su nombre, de tal forma que la gente fue cobrando lo que le había tocado. Al finalizar el plazo de cobro ha quedado para la asociación una cantidad de dinero, pues mucha gente no lo ha cobrado cediéndoselo a la asociación.

¿Cómo se puede considerar ese ingreso?, ¿como una donación (726)?.

Muchas gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Opinión anónima

07.10.05

Hola Anabel, la opción que tú propones podría ser. Es decir, las personas agraciadas deciden no cobrar el premio y te lo donan.
Además, a mi se me ocurre que le puedes dar entrada como un ingreso extraordinario 778. Eso sí depende de la cuantía. Esta partida tiene dos requisitos:
1.- que no sean ingresos habituales y previsibles de la entidad
2.- que sean de cuantía relevante.
Saludos,

avatar
#2

Opinión anónima

07.10.05

Estimada Anabel:

Considero que contablemente ese ingreso se ha de considerar como un ingreso extraordinario y, consecuentemente, registrarlo en la cuenta 778. Y ello porque estamos ante un ingreso “no corriente” de cierta cuantía y que cumplen con dos condiciones como son el provenir de actividades no ordinarias de la entidad y el no esperarse que ocurran con frecuencia.

Entiendo que estaríamos ante una donación si uno o varios agraciados retirasen el premio y os lo dieran de nuevo (os hicieran una donación). En el caso de que no lo retiren se trataría más bien de un ingreso extraordinario.

Un cordial saludo.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.

avatar
#3

Aportada por:

Guillermo José Sevilla Medina

Experto en contabilidad

Trabaja en:

Asesor particular

08.10.05

Anabel:
Yo te diria unicamente que te asegures con un documento de que ese dinero esas personas te lo han dejado y de esa forma soporta tus partidas de ese ingreso

solucionesong.org
Un proyecto de